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Consideraciones para una puesta en marcha eficaz de la Ley de Transparencia

jueves 23 de enero de 2014, 10:07h
Actualizado el: 07 de julio de 2015, 10:08h
La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno representa un importante avance en el terreno de la apertura informativa de las instituciones públicas en España, y puede propiciar, por una parte, una mayor participación e implicación ciudadana en el devenir de estas instituciones, y por otra, dificultar en alguna medida la existencia de prácticas corruptas en el ámbito público y político.

En todo caso, una parte importante del éxito y utilidad social de esta importante ley dependerá del nivel de eficacia que se alcance en su puesta en marcha. Creemos necesario que para impulsar esta eficacia se deberían realizar una serie de actuaciones como las siguientes:

A) Amplia divulgación de los contenidos de la Ley: Se debería llevar a cabo una extensa y variada divulgación de los distintos contenidos que recoge el texto legal, tanto a nivel institucional, como a través de los medios de comunicación (prensa escrita, radios, televisiones, etc.), redes sociales, así como en los distintos centros de enseñanza, tanto universitarios, como incluso en los institutos y centros de enseñanza media, con el fin de que el conjunto de los ciudadanos puedan conocer e incluso llegar a tener presente la trascendencia de esta Ley para ejercer su derecho a saber, así como una mayor participación en la vida pública.

B) Énfasis en los contenidos más cercanos a la ciudadanía: Se debería hacer una especial referencia en la divulgación a los contenidos de las dos primeras partes de la Ley, esto es; la Transparencia activa, por una parte, y al Acceso a la información pública, por otra, dado que son las dos partes del texto legal que más afectan a los ciudadanos, puesto que el tercer área de esta Ley, relativa al Buen gobierno, está más orientada a los cargos públicos y a la clase política.

C) Análisis y divulgación del Sector público: Se debería analizar y divulgar el conjunto del sector público español, y la estructura detallada de las más de veintiuna mil instituciones públicas españolas, dando a conocer el número y la amplia tipología existente tanto en las instituciones y empresas de carácter estatal, como las de carácter autonómico, y en las muy numerosas y diversas instituciones locales, tales como: Diputaciones, Ayuntamientos, Consorcios, Mancomunidades, Sociedades municipales, etc. Es importante, en definitiva, que el ciudadano pueda ir conociendo suficientemente el enorme entramado del sector público español.

D) Contenidos informativos de la Transparencia activa: Analizar con detalle los distintos datos e informaciones que según la Ley van a tener que publicar obligatoriamente las diferentes entidades afectadas o incluidas en la misma, es decir, por una parte las propias instituciones públicas, y también otras instituciones como los Partidos políticos, Sindicatos, Organizaciones empresariales, Casa Real, o Banco de España, así como también las entidades privadas que reciban subvenciones superiores a los 100.000 euros (o que al menos el 40% de sus ingresos totales sean ayudas públicas).

E) Información a solicitar por los ciudadanos: Sería conveniente analizar y estructurar la variada información que los ciudadanos van a poder solicitar a las diversas instituciones. Podría incluso elaborarse una guía y/o listado de los muy distintos tipos de datos o informaciones que los ciudadanos van a poder solicitar, y también los posibles pasos o vías a seguir para ejercer este derecho, y todo ello de una forma clara y didáctica para facilitar el conocimiento de estas posibilidades informativas que otorga la Ley.

F) Simulaciones y pruebas de peticiones de información: Realización de simulaciones y peticiones de información a modo de prueba a diversos organismos de cara a poder ir conociendo y ejercitando las distintas vías para solicitar información, así como las eventuales respuestas que en ese tipo de peticiones de información puedan dar las diferentes instituciones a los solicitantes. Ello posibilitaría una preparación eficaz a los ciudadanos y entidades que puedan realizar en el futuro tales solicitudes de información.

G) Organización de Cursos y Seminarios específicos de formación: En función del amplio y extenso entramado de instituciones públicas, y por tanto de actividades, servicios y de distintos funcionarios en cada una de estas instituciones, sería necesario organizar de forma realmente amplia y diversificada una serie de cursos y actividades formativas para unos y otros funcionarios, de cara a que puedan conocer las informaciones que se les van a poder solicitar y sobre todo cómo las tienen que suministrar, y además en un plazo razonable y dentro del límite máximo que establece la ley. Una buena parte de estos cursos y seminarios podrían realizarse a distancia y por medios online, para facilitar el acceso a los mismos desde muy distintas procedencias geográficas y/o institucionales de los funcionarios públicos.

H) Grupos técnicos de trabajo para el desarrollo reglamentario de la Ley: Sabido es que un buen Reglamento puede hacer mucho más eficaz el cumplimiento efectivo y eficaz de una Ley, y es por ello que en una ley como la de Transparencia sería muy importante el desarrollo específico y detallado de sus contenidos, sobre todo los que han quedado redactados de una forma genérica y apta para distintas interpretaciones en el detalle e implementación efectiva de las mismas.

Se hace necesaria, en resumen, una amplia acción pública y privada que impulse y haga posible una implementación eficaz de la Ley de Transparencia, y acorde con el adecuado desarrollo del derecho a saber, y en definitiva, de la participación democrática de los ciudadanos en la vida pública española.

Jesús Lizcano

Catedrático de la UAM y cofundador y expresidente de Transparencia Internacional España

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