Ya no hay justicia universal en España
domingo 16 de marzo de 2014, 08:14h
Ayer sábado entraba en vigor la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial -LOPJ-que introduce nuevos límites para que los jueces españoles puedan juzgar, bajo el principio de la justicia universal, crímenes de especial gravedad cometidos fuera del territorio nacional. Así, a partir de ahora sólo se podrá enjuiciar en España delitos graves cometidos fuera del territorio nacional -lesa humanidad o genocidio- cuando la causa afecte de modo directo a españoles o extranjeros que hayan adquirido la nacionalidad española con posterioridad a la comisión del hecho. En otras palabras, se limita ostensiblemente la jurisdicción universal de los tribunales españoles.
El origen de todo hay que buscarlo en la decisión del juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, de cursar orden de busca y captura para destacados políticos chinos -entre ellos el ex presidente Jiang Zemin-, hace apenas dos semanas. Entonces, Pekín trasladó su malestar al gobierno español, al que amenazaba con las consecuencias que dicha iniciativa judicial podía acarrear. En su ignorancia de los postulados democráticos más elementales, China intentaba presionar el Gobierno para que reconviniese a la justicia española.
Es cierto que determinados jueces, españoles y de otros países, han tomado la justicia universal como un salto al estrellato mediático, pervirtiendo así la propia noción de justicia. Sin embargo, y de acuerdo con el principio de división de poderes, el Ejecutivo no debe inmiscuirse en el Judicial. En democracia, la credibilidad de éste último -y, por tanto, su legitimidad- radica en gran medida en que no haya injerencias políticas. Por otra parte, la justicia española no es la única que aplica la “jurisdicción universal”; o mejor dicho, no lo era. Con esta modificación legislativa, el Ejecutivo pretende evitar que el Judicial haga su trabajo conforme a los parámetros de lo que debe de ser la administración de justicia con mayúsculas. Y eso no es de recibo.