Tribunal Constitucional: Doce hombres buenos
jueves 27 de marzo de 2014, 20:36h
Doce hombres buenos y además sabios y justos.
El Tribunal Constitucional ha lanzado un mensaje de unidad y de esta manera se ha reconciliado con la sociedad, harta de tanta división interna al calor de un mal entendido servicio a las sensibilidades externas.
El valor de esta sentencia unánime sobre la declaración de soberanía de Cataluña es inmenso pues cierra el camino a veleidades inencajables en la Constitución, articuladas desde el mesianismo por unos, o desde la ingeniería jurídica de unos juristas que se disfrazaron de forofos.
El Tribunal Constitucional ha hecho la única interpretación posible de la Norma Fundamental dada la claridad del artículo 1.2 que atribuye la soberanía nacional al pueblo español y no a ninguna parte o fracción del mismo y del artículo 2 que proclama la indisoluble unidad de la nación española. La sentencia, por tanto, podría haber contado con únicamente tres líneas y otras tres sobre la impugnabilidad de una resolución parlamentaria, pues no es menos palmario el artículo 161.2. (“disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas”).
La segunda parte de la sentencia sobre la posibilidad de reformar la Constitución y de buscar el encaje de lo que la contraviene, podría entenderse superflua. Pero se explica desde dos puntos de vista. De una parte, desde los consensos internos dentro del Tribunal, pues la suma todas las voluntades para alcanzar la unanimidad, repito, era especialmente deseable (había que hacer olvidar la fractura en la sentencia sobre el Estatuto). De otra parte, desde la pedagogía político-constitucional para que los impulsores del independentismo aprendan que no son poder constituyente, sino que sus propuestas deben discutirse (dialogarse dice la sentencia) dentro de los cauces y con arreglo a los procedimientos establecidos en la Constitución y no por la fuerza del griterío o del enarbolamiento de banderas o del número de manifestantes congregados.
Ya estaba descontado que los destinatarios de la sentencia iban a desacreditar al árbitro. Ya hace unos meses un ponente de la Constitución sufrió una severa desmemoria y dijo algo así como que el árbitro estaba comprado. Uno de los grandes déficits democráticos de España es que sólo se aceptan las decisiones del árbitro cuando nos satisfacen al darnos la razón. Las sentencias del Tribunal Constitucional tienen eficacia general y obligan a todos los poderes públicos, también a los que no se les da la razón.
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Catedrático y Abogado
ENRIQUE ARNALDO es Catedrático de Derecho Constitucional y Abogado. Ha sido Vocal del Consejo General del Poder Judicial
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