Después de las consultas con los representantes de los Grupos políticos con representación parlamentaria, el Rey ha propuesto, a través del Presidente del Congreso, a Pedro Sánchez como candidato a la Presidencia del Gobierno.
El artículo 99 de la Constitución, cuando habla de “consulta” y “propondrá”, regula la importante función del Jefe del Estado en un momento único de nuestro modelo de gobierno parlamentario. Alfonso XIII, el bisabuelo de Felipe VI, perdió el apoyo de la Nación, a pesar de que era un rey más parecido al de la Monarquía británica que a los monarcas no liberales de Alemania, Rusia y del Imperio austrohúngaro, porque se inmiscuyó en asuntos de la coyuntura política y porque acabó saltándose la Constitución, cuando Primo de Rivera se lo “propuso”. En otras palabras, Alfonso XIII dejó de ser el árbitro neutral de aquel sistema de partidos.
Digo esto porque algunos comentaristas de la actualidad han visto en nuestra Constitución vacíos importantes para hacer frente a una situación como la presente; parecen añorar un Rey con mayor capacidad discrecional. La “auctoritas” del monarca parlamentario saldría mal parada, en mi opinión, si el Rey adoptase actitudes claramente políticas.
¿Qué pasaría si Pedro Sánchez renunciase a pedir en el Congreso su investidura porque, como había argumentado Mariano Rajoy previamente, no contase con los votos necesarios? ¿Y si Rivera y los demás representantes de las minorías hiciesen lo mismo? Estaríamos ante una parálisis institucional, me argumentaron algunos comentaristas con los que estuve discutiendo, ya que “el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura”-que es el plazo máximo para que el Rey disuelva las Cortes Generales y convoque nuevas elecciones (artículo 99 de la Constitución)-, no existiría, porque ningún candidato se arriesgaría a perder la votación.
Certeza de perder la votación: ese ha sido el argumento de Mariano Rajoy para declinar la propuesta del Rey. Yo califiqué esta actitud de inapropiada, aunque algunos expertos vieron en ella algo peor. La investidura no es sólo el recuento de los diputados que apoyan un candidato a presidir el Gobierno. Eso ocurrirá en Gran Bretaña donde el Gabinete es gobierno de SM La Reina, al que le basta con contar con mayoría en el Parlamento. El nuestro, por el contrario, es un ejecutivo que emana del Congreso, y por tanto la investidura es un debate en esa Cámara, que irá seguido por una o dos votaciones. Si argumentamos a los soberanistas que la democracia no es sólo votar, con la misma lógica la formación del gobierno parlamentario es un acto que procede de un debate para convencer a los diputados, y la votación es la comprobación de que el candidato lo ha logrado.
Desde este ángulo de las instituciones llego a un paraje común: a un lugar donde los partidos políticos, por disciplinar hasta enmudecer a nuestros representantes, han convertido el debate político en un mero expediente para defender posiciones, o para atacar a las del contrario. En ese lugar nos encontramos. ¿Cómo es posible que transcurrido más de un mes de las elecciones no hayamos oído hablar a la mayor parte de los parlamentarios electos? ¿No han sido elegidos precisamente para parlamentar? ¿Es que esta democracia es sólo la de los jefes partidarios? ¿No creen ustedes que si se diese un debate entre todos los elegidos habría más posibilidades para que finalmente nuestros representantes llegasen a acuerdos? ¿No es la democracia el método que sirve para que un gran número de personas resuelvan problemas que unos pocos ya no son capaces de resolver?
Estas hipótesis radicales me permiten decir que nuestra Constitución no puede ser bloqueada por los Grupos políticos. En el supuesto que nadie aceptase someterse al debate y votación de investidura, el Rey podría proponer a un candidato que no estuviese bajo la disciplina grupal, e incluso que no fuese diputado.
En el mes que Pedro Sánchez ha pedido al presidente del Congreso para realizar las gestiones previas a la investidura, el candidato socialista tendrá que realizar la consulta con sus afiliados que prometió en el Comité Federal. Recibió muchas críticas, pero aún no sabemos cómo se llevará a cabo. Existe el precedente de la consulta que el SPD, el partido socialdemócrata alemán, realizó con sus militantes cuando acordó con la CDU/CSU, los demócratas cristianos alemanes, la formación de un gobierno de coalición en 2013. Y ese precedente es congruente con la democracia representativa, y no es asambleario.
La CDU de Angela Merkel, aliada a la CSU, los socialcristianos bávaros, las dos formaciones conservadoras juntas se habían quedado a 5 escaños de la mayoría absoluta. Como los liberales no obtuvieron escaños en el parlamento federal, Merkel no tuvo más remedio que proponer a los socialdemócratas formar un gobierno de coalición. La delicada situación económica y de la Unión Europea aconsejaba disponer de un gobierno estable (como hoy en España).
Fue el máximo comité dirigente del SPD (Parteikonvent, “la convención del partido”, equivalente al Comité Federal) el que adoptó el acuerdo (20 de octubre de 2013) de aceptar las negociaciones con la democracia cristiana para pactar una nueva coalición. El 27 de noviembre, los negociadores habían concretado en un documento de 100 folios los términos del programa conjunto de gobierno, llegando a precisiones como el importe del salario mínimo (y sus repercusiones en otros gastos, como las pensiones públicas, como ocurre en España).
Sólo entonces, finalizada la negociación, el SPD sometió a consulta los resultados de la negociación con los dos partidos conservadores democristianos. Los militantes socialdemócratas (que aumentaron en número con ocasión de la consulta) votaron por correo durante unos cuantos días del mes de diciembre, y el 14 de ese mes se conoció el resultado: con una participación del 78%, aprobaron la coalición un 76% de los votantes. Durante la campaña, cada uno de los afiliados recibió los 100 folios del acuerdo, que además estaba publicado en la página web del SPD.