El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado suspender la declaración de independencia votada por el Parlament el pasado viernes. “Los efectos de esta suspensión tienen carácter absoluto desde el momento de la adopción de las resoluciones impugnadas”, dice el TC.
El Pleno acuerda notificar personalmente la providencia a la presidenta Carme Forcadell y a los demás miembros que entonces integraban la Mesa de la Cámara. "A todos ellos se les advierte de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada y se les apercibe de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir”.
En particular, el Constitucional advierte de que deben abstenerse “de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación que permita otorgar valor jurídico alguno a la declaración de independencia y, en especial, a las previsiones contenidas en la suspendida Ley 20/2017 en orden a la aplicación de un régimen jurídico transitorio, y a dar efectividad a las denominadas “comisión de investigación por el 1 de octubre” y “comisión parlamentaria de seguimiento del proceso constituyente”.