Argentina: ¿República Federal o Unitaria?
domingo 24 de agosto de 2008, 21:19h
La Constitución argentina establece en su artículo 1º que la “Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal”. Esta disposición fundacional adoptada en 1853 clausura décadas de cruentos enfrentamientos entre los unitarios y federales, que emergen cuando las entonces Provincias Unidas del Rio de La Plata proclaman su independencia de la corona de España en 1816. La disputa por la apropiación de las rentas fiscales, particularmente las de la aduana de Buenos Aires, es una de las claves para entender estos enfrentamientos entre federales y unitarios previos a la Organización Nacional de la segunda mitad del siglo XIX.
La coparticipación automática de los impuestos nacionales entre la Nación y las Provincias recién se estableció en 1935 después que la Nación creara nuevos impuestos directos como el impuesto a los réditos. Este régimen fue sometido a revisión en distintos momentos; en 1973 se aprueba la ley que unifica los sistemas vigentes y se establece para la distribución entre provincias un método explícito, basado en el principio de posibilitar la igualdad de trato – en cuanto a la provisión de servicios provinciales – de todos los habitantes del país. Durante el trienio de la administración justicialista (1973/75) se incrementa la coparticipación automática a favor de las provincias, alcanzando durante 1975 al 52,4 por ciento de la recaudación total de impuestos nacionales. En los años del Proceso militar instalado en 1976 se reduce fuertemente esta participación provincial que hacia 1982 se ubica en apenas el 32 por ciento. Como la entonces vigente ley de coparticipación caducó en 1984, el país careció de una ley especifica durante el trienio 1985/1987; en enero de 1988 se sanciona una ley de carácter transitorio ya que su vigencia estuvo limitada a tres años. Esta ley estableció que del total de recursos nacionales el 42,34 seria retenido por el gobierno nacional y el 57,66 por ciento iría a las provincias. Este nivel de coparticipación constituye el máximo valor histórico.
La Constitución de 1994 estableció en su artículo 75 que corresponde al Congreso aprobar una ley que asegure a las provincias “la automaticidad en las remesas de los impuestos coparticipados”, la Constitución es clara ya que establece que la distribución entre la Nación y las provincias ”contemplará criterios objetivos de reparto; será equitativa, solidaria y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional”. Este mandato constitucional está incumplido y así se puede explicar hoy la enorme concentración de los recursos en manos del Tesoro Nacional en desmedro de las provincias. Hoy se transfiere automáticamente a las provincias apenas el 25 de la recaudación nacional, o sea el valor más bajo de los últimos setenta años ( en el 2001, último año de la convertibilidad se coparticipaba el 36 por ciento). La masiva protesta agraria de los últimos meses rechazaba los aumentos a los impuestos a la exportación, pero también movilizo a muchas provincias que se veían perjudicadas porque estos fuertes tributos no volvían automáticamente a los pueblos del interior del país ya que no integraban la masa de recursos coparticipables. La protesta no fue solo en defensa de la producción rural sino también del federalismo fiscal y por esa razón evoca los enfrentamientos del pasado, jugando hoy la administración Kirchner el papel del partido unitario del siglo XIX.
Si bien es cierto que la Nación realiza transferencias adicionales de fondos a las provincias, estas no están sujetas a normas objetivas que determinen cual debe ser esta distribución. No existen reglas, sino decisiones discrecionales que debilitan la autonomía política de los gobiernos provinciales. Por esta razón en la campaña electoral del año pasado, por la gobernación de Buenos Aires sosteníamos que “la Provincia necesita un Gobernador y no un delegado del Poder Ejecutivo Nacional”. Sin un régimen de coparticipación automática de fondos el federalismo se convierte en una ficción, por la clara dependencia de los gobiernos provinciales de la Casa Rosada.
El país necesita una ley de coparticipación, que promueva la igualdad de oportunidades entre todos los argentinos, y también estimule su propio esfuerzo movilizando equitativamente su capacidad tributaria. Esta ley convenio entre la Nación y las Provincias, es el mandato constitucional que aun está incumplido y que hoy es el reclamo de las provincias que aspiran a un país regionalmente equilibrado.
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Economista
ALIETO GUADAGNI es economista graduado en la Universidad Nacional de Buenos Aires, con estudios de postgrado en la Universidad de Chile y Doctorado en la Universidad de California (Berkeley)
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