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TRIBUNA

La desconvocatoria de las elecciones en Cataluña: un atentado a la democracia

Rafael Arenas García
lunes 18 de enero de 2021, 20:09h

La suspensión de las elecciones en Cataluña debería preocuparnos a todos, y debería servirnos de lección: cuando se empiezan a admitir irregularidades al final esas irregularidades se convierten en un daño grave a los principios democráticos.

El año pasado nos encontramos con el problema de las elecciones gallegas y vascas, que debían celebrarse en pleno confinamiento. La situación tendría que haber sido resuelta por medio de una reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) tramitada por la vía de urgencia, o si se quiere, de lectura única. A esto se podría haber añadido un retraso en la fecha de las elecciones (sin desconvocarlas) a fin de dar tiempo a que se aprobara la necesaria reforma de la LOREG. Cualquier otra solución supondría una vulneración de la normativa electoral; pero como la situación era la que era pues se miró para otro lado y se dio por buena la desconvocatoria de las mencionadas elecciones.

Se hizo mal y no se aprovechó la lección para modificar, ahora ya con más tiempo, la LOREG a fin de dar respuesta a situaciones como aquellas.

Y ahora llega el caso catalán.

Para empezar, la situación no es la misma desde el punto de vista epidemiológico; pero dejemos eso porque podría cambiar en un par de semanas y encontrarnos en una situación como la de marzo del año pasado. No entraré en ello, aunque no puede dejar de señalarse que no es lo mismo desconvocar unas elecciones cuando no se puede salir de casa que cuando se puede circular, comprar, los niños van al colegio, etc.

Pero, como digo, no me quiero centrar en ello, sino en las diferencias legales entre la situación de Cataluña y la de Galicia y el País Vasco.

En el caso de Galicia y del País Vasco convocaron y desconvocaron los presidentes de las correspondientes Comunidades Autónomas. La convocatoria la hicieron en el ejercicio de la función que les reconocen sus estatutos de autonomía para disolver el parlamento regional y convocar elecciones. La desconvocatoria no tenía base legal y era, por tanto, irregular -a mi criterio-; pero al menos podía argüirse que a quien convocaba podía reconocérsele la facultad de desconvocar (no es así en realidad, pero por lo menos es un argumento).

En el caso de Cataluña la disolución del parlamento y la convocatorio de las elecciones es fruto de la aplicación del art. 67 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que prevé la disolución del parlamento y la convocatoria INMEDIATA de elecciones cuando no hay candidato a la presidencia de la Generalitat. No hay ninguna decisión del presidente de la Generalitat.

Y en este caso no podría haber decisión porque no hay presidente de la Generalitat. El vicepresidente Aragonès ejerce las funciones de presidente pues el que había ha sido inhabilitado; pero no puede disolver el parlamento ni convocar elecciones. Tan solo el presidente, no quien ejerce las funciones de presidente, puede hacer ambas cosas.

Así pues, la convocatoria es resultado de la concurrencia de un supuesto de hecho (no hay candidato a la presidencia de la Generalitat) sin que medie una decisión política. Entre otras cosas, como digo, porque ahora mismo nadie en Cataluña tiene capacidad para decidir la disolución del parlamento con la inevitable convocatoria de elecciones que lleva aparejada dicha disolución.

Y ahora el Gobierno de la Generalitat se arroga no solamente la competencia para desconvocar las elecciones (competencia que no tiene) sino para convocar las siguientes elecciones, porque el decreto aprobado ayer lo que hace es anunciar que en el futuro se convocarán elecciones por decreto del vicepresidente del gobierno. Es decir, el decreto atribuye al vicepresidente de la Generalitat una competencia que no tiene ni de acuerdo con el Estatuto de Autonomía ni con la Ley de la Presidencia de la Generalitat.

Quien no podía convocar ahora puede desconvocar y, además, convocar cuando le venga en gana. Y todo eso sin que se haya modificado ni el Estatuto de Autonomía ni la Ley de la Presidencia de la Generalitat. Una arbitrariedad incalificable.

Pero esto, en realidad, es formal, lo sustancial es que tenemos el parlamento disuelto, funcionando solamente con la comisión permanente, un gobierno que no está en funciones, sino con competencias plenas y no hay elecciones convocadas. Se celebrarán el 30 de mayo si las circunstancias lo permiten.

Es decir, el señor Aragonès -que no tenía competencia para ello- ahora decidirá cuándo tiene a bien que haya elecciones en Cataluña, y entretanto seguiremos teniendo el parlamento disuelto ¿indefinidamente? Bueno, lo que quiera el señor Aragonès.

Es una aberración se mire por donde se mire y creo que debería impugnarse de inmediato.

Es un ataque a la democracia que no tiene calificativos.

Un gobierno que se cree capaz de desconvocar unas elecciones que él no podía convocar y de decidir cuándo le va bien que se vuelvan a convocar.

Inadmisible.

Así comienzan a morir las democracias. Llevamos demasiados años jugando con el Estado de Derecho y se nos va a romper definitivamente.

Rafael Arenas García

Catedrático de Derecho Internacional Privado y vicepresidente segundo de Impulso Ciudadano.

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