Derecho y democracia
jueves 11 de septiembre de 2008, 21:34h
La estrafalaria propuesta de Ibarretxe de denunciar al Estado español ante el Tribunal de derechos humanos de Estrasburgo caso de que el Tribunal Constitucional no levante la suspensión de la célebre consulta que se pensaba celebrar el 15 de octubre de este año, supone desde un punto de vista jurídico una actitud rayana en la temeridad. El fondo de la pretensión es claramente insostenible. No se puede pedir al Tribunal que reconozca un derecho que no existe. Ocurre que si se alega la vulneración del derecho de participación debe hacerse, de acuerdo con los términos que en este caso, el parámetro de control, el Convenio europeo para la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales establece. Y este Convenio se refiere exclusivamente a la participación política en elecciones libres (art. 3, Protocolo adicional), pero no reconoce el derecho a la participación política directa, mediante referéndums.
Por otro lado no puede alegarse la vulneración de un derecho por el hecho de que no se permita el ejercicio del mismo en las condiciones o la forma que cada uno prefiera, si el orden legal y constitucional ofrece modalidades o variantes de tal derecho. Tampoco cabe esperar del TEHD una declaración de vulneración del derecho de participación cuando el modo en que se pretende ejercer es ilegal e inconstitucional. Pensar que Europa va a decir que el Estado español debe dejar hacer algo que prohíbe su ordenamiento no cabe en ninguna cabeza.
Creo que serán estas razones de fondo, cuya evidencia es clamorosa, las que impedirán que ni siquiera los recursos, formulados además por personas que no habían sido parte ante el Tribunal Constitucional como instancia previa a la jurisdicción europea, superen la fase de admisión, dada la condición manifiestamente “mal fundada o abusiva” de los mismos.
Si fuese la primera o la segunda vez que Ibarretxe abanderase una iniciativa antijurídica, podríamos disculparle. A estas alturas insistir en ese comportamiento no puede interpretarse sino como una instrumentalización política de las oportunidades que el Estado de derecho le proporciona. Pero una cosa, debe ser recordada al lehendakari, y es que el Estado de derecho no consiste en utilizar sus instrumentos, sino antes de nada en aceptar que todos , comenzando por las autoridades, se encuentran sujetos al orden jurídico.
Ese orden jurídico no puede ser obviado remitiéndose a una voluntad democrática, habilitada para actuar sin límite procedimental o material alguno, esto es, fuera de los casos previstos en el ordenamiento constitucional y legal.
Tal plebiscitarismo está superado y si se utiliza, como digo, con el propósito de obstar el funcionamiento normal de las instituciones tiene que ver con el caudillismo populista más que con el desarrollo normal de la democracia. No me causa ninguna satisfacción, créanme, el repetir las palabras razonables que un hombre justo y comedido, Andoni Unzalu, escribía en El Correo esta mañana a propósito de la peripecia del lehendakari. Resulta, venía a lamentar, que nuestro Presidente, “utiliza la palabra democracia sólo para anular, menospreciar y evitar las instituciones democráticas”.
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Catedrático
Juan José Solozabal es catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid.
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