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TRIBUNA

La suspensión del tratado de amistad

Juan Carlos Barros
jueves 16 de junio de 2022, 19:55h

La semana pasada Argelia emitió un comunicado en el que decía que España había violado sus obligaciones jurídicas internacionales como potencia administradora en la descolonización del Sahara Occidental, en vista de lo cual decidió la suspensión del Tratado de Amistad, Buena Vecindad y Cooperación.

El motivo ha sido una carta que mandó al Rey de Marruecos el presidente del Gobierno donde decía que “España considera que la propuesta marroquí de autonomía presentada en 2007 como la base más seria, creíble y realista para la resolución de este diferendo.”

Mientras que la última resolución al respecto de las Naciones Unidas 2602 (2021) aprobada por el Consejo de Seguridad en su 889º sesión dice en el apartado 4 que “exhorta a las partes a que reanuden las negociaciones con miras a lograr una solución que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas.”

Los ámbitos incluidos en el Tratado de Amistad y afectados por la suspensión son: la economía y las finanzas, la defensa, el desarrollo, la cultura y la educación, el derecho, el consular, los intercambios humanos y la circulación de personas, la lucha contra el terrorismo, el crimen organizado y el tráfico de estupefacientes, y los programas y proyectos de cooperación.

La suspensión de la aplicación de un tratado, de acuerdo a lo previsto en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, es una medida provisional que se puede adoptar cuando hay una violación de una disposición esencial. Y en tal sentido hay que señalar que el apartado 1 del Tratado de Amistad, referido a los principios generales, dice que “el necesario respeto, en toda circunstancia, de la legalidad internacional, constituye un factor esencial de la promoción de las relaciones de confianza y de cooperación entre los estados.”

Según la Convención de Viena, Argelia tendría ahora que indicar la medida que se proponga adoptar y a continuación las partes, es decir España y Argelia, tratarían de buscar una solución, para lo cual se remite a la Carta de la Naciones Unidas que enumera como instrumentos la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales (la Unión Europea es uno de estos) u otros medios pacíficos a su elección.

En la Unión Europea, tras la visita del ministro español de asuntos exteriores, en una breve declaración conjunta, el alto representante y el comisario de comercio dijeron estar evaluando las implicaciones de la situación, que según ellos “en principio parecen vulnerar” el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus estados miembros de una parte y Argelia de otra parte, en particular en cuanto al comercio y la inversión.

Y añadieron que la Unión está dispuesta a hacer frente a cualquier tipo de “medidas coercitivas”, que es como calificaron a la suspensión, aunque también dijeron al mismo tiempo favorecer el diálogo y confiar en una rápida solución mostrándose dispuestos a apoyar esos esfuerzos. El Ministerio de Asuntos Exteriores de Argelia ya ha dicho, no obstante, que lamenta la precipitación y la intromisión de la Comisión.

Para que la Unión Europea tuviera algún papel en la solución de este conflicto debería haber hecho alguna referencia a la legalidad internacional sobre el derecho de autodeterminación del Sahara Occidental. No puede pretender uno ser mediador y a la vez ignorar la normativa de las Naciones Unidas en virtud de la cual uno quiere mediar, y eso cuando además el articulo 3.5 del Tratado de la Unión Europea dice que “la Unión contribuirá al estricto respeto del derecho internacional, en particular de los principios de la Carta de las Naciones Unidas” y cuando según el artículo 21.2c. la Unión tiene como fin “mantener la paz, prevenir los conflictos y fortalecer la seguridad internacional, conforme a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.”

Juan Carlos Barros

Abogado, consultor europeo y periodista

JUAN CARLOS BARROS es abogado, consultor europeo y periodista

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