Poderes juntos, distintos o separados
jueves 02 de octubre de 2008, 21:19h
Entre las decenas de comentarios escritos a raíz del nombramiento de los nuevos Vocales del Consejo General del Poder Judicial, el que más llamó mi atención fue el que concluyó que no había fórmula más idónea que su designación por el Parlamento. Es insuperable e insustituible, según estos comentaristas. El dedo del Parlamento es mágico poniendo nombres en órganos e instituciones.
Esta idea es una de las grandes falacias del Estado democrático. Según la misma como el Parlamento es elegido por los ciudadanos y, por tanto, es el órgano de representación de la voluntad popular, se convierte en el único que está legitimado para cubrir los puestos de los órganos institucionales del Estado. Así el Parlamento es el legítimo legitimador. El único válido. Según esta concepción habría que excluir a cualquier otro nombrador. Y, sin embargo, nos encontramos con que el Gobierno designa muchísimos cargos incluso de Agencias dotadas de autonomía funcional (como la de Protección de Datos) o, más aún, de órganos constitucionales (como el Tribunal Constitucional para el que nombra a dos de los doce Magistrados), sin olvidar al Gobernador del Banco de España o a los miembros de los organismos reguladores. Es decir que el Parlamento, al fin y al cabo, sólo es llamado para nombrar aquellos puestos que el legislador quiere que nombre.
El Parlamento no es un órgano purificador, no es el agua cristalina que lava todas las inmundicias del proceso de designación de personas. En un Parlamento dominado sin fisuras por los grupos parlamentarios –que son otro nombre para designar a los partidos políticos-, su dedo designador no puede recaer sino en personas de su estricta confianza. El Tribunal Constitucional ya advirtió en su consabida Sentencia de 26 de julio de 1986 de los riesgos derivados de la elección parlamentaria de la totalidad de los Vocales que integran el CGPJ, incluidos los jueces y magistrados. Estos riesgos no eran otros que la reproducción mimética del reparto de los escaños parlamentarios en asientos en el CGPJ, convertido en una suerte de miniparlamento judicial.
Aunque archirrepetidas, y manoseadas, las palabras del TC son muy elocuentes, veintidós años después: “Que esta finalidad (que el CGPJ refleje el pluralismo existente en el seno del Poder Judicial) se alcanza más fácilmente atribuyendo a los propios jueces y magistrados la facultad de elegir a doce de los miembros del CGPJ es cosa que ofrece poca duda”.
Menos dudas suscita hoy en día. El Consejo que nació para sacar del ámbito del Poder Ejecutivo aquellas decisiones más sensibles para la independencia judicial, se ha convertido en trasunto de un Parlamento grupocrático. Esta deriva del Consejo le hace perder su razón de ser constitucional.
La permanente invocación por los sectores profesionales independientes de la necesidad de volver a los principios, al origen y, en consecuencia, que sean los propios jueces quienes elijan directamente a los Vocales Judiciales, no es un deseo gratuito de la derechona. Es un imperativo absoluto para que el Consejo recupere la posición que quiso el constituyente en el marco de una real y auténtica separación de poderes.
Ello no le convertiría en un órgano corporativo, o de defensa de intereses corporativos, sino en un órgano de integración de las sensibilidades políticas (los 8 vocales no judiciales) y del pluralismo de la carrera judicial (los 12 Vocales togados). Y ello, como en los demás países de la tierra, pues nuestro Consejo General del Poder Judicial es el único de todo el mundo de íntegra extracción parlamentaria. El único, además, que no se adecua a las recomendaciones del Consejo de Europa sobre la composición integrada de los órganos de gobierno del Poder Judicial.
¿No deben llevarnos estas conclusiones a alguna reflexión?
P.D.: En cualquier caso, esperamos que en este concreto CGPJ, que recientemente ha tomado posesión, se recupere la institucionalidad gracias al buen hacer –dialogante y abierto al consenso- del Presidente Dívar y de sus miembros.
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Catedrático y Abogado
ENRIQUE ARNALDO es Catedrático de Derecho Constitucional y Abogado. Ha sido Vocal del Consejo General del Poder Judicial
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