¡Que descansen en paz, señor Garzón!
lunes 20 de octubre de 2008, 08:19h
Dentro de unos meses, se conmemorará el 70 aniversario del fin de la Guerra Civil española. Puestos a hablar de años, llevamos más de 30 viviendo en democracia. De ellos, 12 de una primera etapa de gobierno socialista, que coincidieron con el laboratorio de ideas para la convivencia conocido como “transición”. Aparte de los fallecidos durante el conflicto, puede afirmarse que, por motivos de naturaleza biológica, quedan ya pocos supervivientes de aquella fatídica contienda. Ha pasado el tiempo…aunque algunos se empeñen en que no sea así. Entre ellos, el discreto y apolítico juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, cuyo empeño por remover las cunetas de media España alcanza cotas de histrionismo.
Su Señoría no tiene aún muy claro si Francisco Franco y Emilio Mola han fallecido, toda vez que aún aguarda a recibir sus partidas de defunción. Independientemente, de las razones de técnica procesal que pueda justificar el requerimiento al Registro Civil, para la inmensa mayoría de las generaciones que no han conocido la Guerra la diligencia resulta esperpéntica. Entre tanto, y por ir haciendo tiempo, transforma sus diligencias preliminares en sumario ordinario, con el fin de que sea él, y no otra instancia superior, quien conozca del posible recurso que alguien –en este caso, el Ministerio Fiscal- pudiera interponer. Así, se asegura que sea él mismo quien proceda a estimar o desestimar dicho recurso. Sublime. Y ya que de recursos hablamos, los que habrán de destinarse a nivel humano –agentes, secretarios judiciales, peritos, forenses…-a la aventura arqueológica de Garzón, traducidos en coste económico para el contribuyente, son de todo menos modestos.
Por no hablar del soporte jurídico de la operación. Bien es verdad que en derecho todo es interpretable. Ocurre que algunas cosas admiten más interpretación que otras, y que determinados textos legales son tajantes y precisos. Tal es el caso de la Ley de Amnistía de 1977; una ley corta –sólo 12 artículos- cuyo 4º precepto dispone que “estarán comprendidos en la amnistía…los delitos y faltas que pudieran haber cometido las autoridades, funcionarios y agentes del orden público, con motivo u ocasión de la investigación y persecución de los actos incluidos en esta Ley”, así como “los delitos cometidos por los funcionarios y agentes del orden público contra el ejercicio de los derechos de las personas”. Es éste uno de los casos en que el legislador hiló muy fino, para que no quedase resquicio alguno de duda sobre la exoneración de las faltas de pasado, en aras a la construcción de un futuro mejor. Precisamente porque durante la Guerra –y durante muchos años después- se cometieron toda suerte de crímenes y desafueros, se quiso evitar que el fin de la Dictadura abriera un ajuste de cuentas que dificultara o impidiera la construcción de un acuerdo democrático sólido y positivo. Que la operación fue un éxito, a la vista está. Y gracias a que un buen día se enterraron viejos rencores, hoy convivimos. Qué lástima que algunos resentimientos sean atemporales, a la par de irresponsables. Por ellos, familias de toda España tienen que esperar ahora a ver cómo una excavadora saca a la luz y a la fuerza algo que hace ya tiempo que descansaba en la paz de la piedad y el perdón: en algunos casos, como en el de García Lorca, en los lugares donde fueron asesinados; en otros, recuperados para darles sepultura en el cementerio familiar. Pero, en todos los casos hasta ahora, por decisión libre de sus familiares, y con la autorización, pero sin la imposición, de la autoridad judicial.