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Argentina: hay que cumplir con la constitución nacional

viernes 05 de junio de 2009, 19:38h
Las movilizaciones rurales del año pasado fueron provocadas por la desmedida presión tributaria sobre la producción agrícola. Pero a poco de iniciadas resurgió el reclamo por una distribución equitativa de los tributos que aporta el interior del país. Este reclamo está justificado por las grandes responsabilidades que tienen los gobiernos provinciales, que hoy deben afrontar el exigente triple desafío que reclama seguridad, mejor educación y buenos servicios de salud. El ordenamiento fiscal que implica la distribución de potestades tributarias y responsabilidades de gastos entre los distintos niveles de gobierno, ha sido una cuestión fundacional en todas las naciones. El año próximo se celebrara en Argentina el Bicentenario del primer gobierno patrio, sin embargo aun no hemos podido como Nación definir reglas institucionales permanentes en esta cuestión.

La descentralización federal es un proceso mediante el cual un estado implementa políticas macroeconómicas y sectoriales para asegurar el suministro de bienes y servicios públicos a niveles sub nacionales de gobierno. El fortalecimiento federal del estado exige identificar jurisdicciones de gobierno “optimas”, tanto para ejercer la potestad tributaria así como también para la ejecución del gasto público. Como ya hemos visto el conflicto agrario ha tenido la virtud de incorporar a la agenda política la cuestión del federalismo en su dimensión económica, es decir el federalismo fiscal que exige identificar niveles de gobierno “óptimos”, tanto para ejercer la potestad tributaria como para la ejecución del gasto público. Debe primar en esta cuestión el principio de subsidiaridad, tan bien explicado por Tomas de Aquino y entre nosotros por Alberdi, cuando nos hablaba de acercar no solo los gastos sino también los tributos a los niveles locales de gobierno. Cuando aumenta la proporción de bienes públicos “locales” que se financian con impuestos “locales” se maximiza la eficiencia y la equidad del gasto público, además puede incluso disminuir la corrupción porque aumenta el control directo de la población.

Un buen ejemplo es Brasil, donde casi la tercera parte de los ingresos tributarios, es captada por los estados y municipios, y donde el impuesto que más recauda no es federal sino estadual (ICMS). Así se consolida la autonomía política de los estados provinciales, ya que Brasilia solamente les financia la quinta parte de sus gastos, por este motivo los gobernadores ejercen su representación de los intereses locales sin ninguna atadura que los sujete por cuestiones de caja. Son así verdaderos gobernadores y no delegados del poder central. Es ilustrativo prestar atención a los Ingresos propios de las provincias y municipios como proporción del total de ingresos tributarios de dos países vecinos, que tienen muy distinto ordenamiento constitucional.

Brasil 31% País Federal
Chile 9% País Unitario
Argentina 18% ?????

Como se observa Argentina, a pesar de ser constitucionalmente un país federal, está más cerca desde el punto de vista fiscal de un país unitario (Chile) que de su vecino federal (Brasil).

Poco se avanza en la cuestión del gran “pacto fiscal” aun pendiente que significa cumplir con lo dispuesto por la Constitución Nacional, que en su artículo 75 establece que corresponde al Congreso Nacional aprobar una ley convenio , sobre la base de acuerdos entre la Nación y las provincias, que asegure “a las provincias la automaticidad en las remesas de los impuestos coparticipados”. Además, la Constitución indica que esta distribución deberá ser equitativa, solidaria y procurara la “igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional.”

Cumplir este preciso mandato constitucional exigirá en el futuro un gran esfuerzo de concertación, es decir un acuerdo fundacional que involucre a todas las provincias y a la Nación; no exageramos si decimos que este acuerdo fiscal es la “madre de todos los pactos sociales o políticos” que se pueden plantear en nuestro país. La disposición constitucional transitoria sexta manda sancionar un nuevo régimen “antes de la finalización del año 1996”. Transcurridos 12 años este mandato constitucional aun no ha sido cumplido. Hace mucho tiempo que estamos incumpliendo la Constitución, llego la hora que las fuerzas políticas acuerden cumplirla y construir una nación federal y con igualdad de oportunidades en todas las provincias. La tarea es compleja y nada fácil, pero debe ser acometida sin demoras ya que es esencial para que el régimen fiscal federal no sea un obstáculo al progreso.

Alieto Guadagni

Economista

ALIETO GUADAGNI es economista graduado en la Universidad Nacional de Buenos Aires, con estudios de postgrado en la Universidad de Chile y Doctorado en la Universidad de California (Berkeley)

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