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Urge reformar la Ley del Menor

martes 06 de abril de 2010, 00:41h
La investigación de la muerte violenta de la niña Cristina Martín, que apareció muerta el sábado pasado en Seseña (Toledo) debe ser llevada a cabo con la máxima discreción. No sólo por el dolor de una familia rota, sino por las especiales circunstancias que rodean al caso: los hechos acaecieron en un pueblo donde todo el mundo se conoce y la principal sospechosa tiene sólo 14 años. Es lógico el temor del alcalde ante una posible fractura social por un lado, y por otro, ante la situación no sólo de la familia de la víctima, sino también la de su presunta agresora. En un país donde el secreto del sumario brilla por su ausencia, en detrimento de copiosas filtraciones, es de esperar que habiendo menores de por medio se extremen las cautelas.

Dicho lo cual, sucesos como el de Seseña vuelven a poner en la picota a una de las leyes más deficientes de nuestro ordenamiento jurídico, cual es la Ley del Menor. Con arreglo a dicha norma, la imputada provisional por la muerte de Cristina Martín podría ser internada un máximo de 6 meses en un centro tutelar, con una sola prórroga de otros tres meses más. Y de ser declarada culpable, nunca podría ser sentenciada a más de 5 años en uno de esos centros. Así las cosas, es perfectamente comprensible la desazón de una familia, la de la víctima, que no sólo ha de soportar su pérdida sino que además tiene que convivir con un castigo a todas luces insuficiente para quien ha cometido semejante delito.

En la misma situación estarán los familiares de Sandra Palo o de Marta del Castillo, quienes ya han sufrido en propia carne los desafueros de una ley que no hace sino provocar inseguridad jurídica. Es aceptable que el legislador, por ingenuidad o buena intención desmedida, tuviera la intención de elaborar un texto especialmente garantista con los menores. Pero el resultado fue una ley que, si no incita, al menos no desincentiva a delinquir a los más jóvenes, dado lo exiguo de su margen punitivo. Bien lo saben las bandas organizadas, que utilizan a menores para cometer determinados delitos, a sabiendas de que en breve estarán en la calle de nuevo. También los propios menores quienes, lejos de modificar su conducta por el efecto disuasorio de una ley eficaz, delinquen cuanto quieren porque saben que les sale muy barato. Y eso no puede ser. Es verdad que la responsabilidad jurídica de un menor nunca puede ser equiparable penalmente a la de un adulto, pero no es menos cierto que hay una serie de delitos por los que ha de pagarse, los cometa quien los cometa. Con independencia de la edad que tenga. Excepcionalidad en caso de minoría de edad, sí; impunidad, no.

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