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al no haber relación de vecindad

El Congreso propone que los emigrantes no puedan votar en las elecciones locales

miércoles 28 de abril de 2010, 20:22h
La subcomisión que estudia en el Congreso la reforma de la Ley Electoral ha acordado por amplia mayoría que los españoles residentes en el extranjero no puedan votar en las elecciones locales -a ayuntamientos, diputaciones y cabildos- al entender que no existe relación de vecindad.
La subcomisión del Congreso encargada de redactar propuestas para reformar la Ley Electoral (LOREG) acordó, con el respaldo de los principales grupos parlamentarios y las reservas de Izquierda Unida y Coalición Canaria, que los españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) no voten en las elecciones locales, manteniendo sus derechos para el resto de comicios que se celebren en nuestro país.

El acuerdo se ha adoptado sobre la base legal que determina que al alcalde y a los miembros de la Corporación los eligen "los vecinos", condición de vecindad que, obviamente, no tienen los emigrantes dada su residencia en el extranjero. El Consejo de Estado también aconsejaba tomar esta decisión al haberse constatado que la adscripción del emigrante a un municipio determinado era casi ficticia.

La reforma se aplicará por primera vez en las elecciones municipales de 2011, y en principio afectará a los ayuntamientos y también a los cabildos y las diputaciones provinciales.

Actualmente, hay 1,3 millones de españoles inscritos en el CERA, una cifra que podría llegar a los 1,7 millones con la plena aplicación de la Ley de Memoria Histórica que permite otorgar la nacionalidad a los descendientes de exiliados políticos.

Por el contrario, la subcomisión que preside Alfonso Guerra ha desechado la exclusión de los emigrantes del resto de comicios que se celebran en nuestro país (autonómicas, generales, europeas y referendos). Tampoco ha salido adelante la idea de crear una circunscripción especial para los emigrantes en el Senado.

En cuanto al procedimiento de voto de los inscritos en el CERA, se ha decidido habilitar el voto en urna en los consulados, aunque al mismo tiempo se mantiene abierta la posibilidad de votar por correo, siempre que lo solicite el elector.

El voto en los consulados se organizará en los tres últimos días de la campaña electoral y las papeletas se enviarán a España por valija diplomática directamente a la junta electoral correspondiente.

Eso sí, en ambos casos será necesario la identificación del elector, enseñando el Documento Nacional de Identidad o pasaporte al depositar el voto en urna en el consultado, o bien introduciendo una fotocopia en el voto por correo, una medida que ya se ha aplicado en los últimos comicios a instancias de la Junta Electoral.

El objetivo es trasladar al CERA el mismo procedimiento garantista que se aplica con los votantes del territorio nacional porque, según explicó el ponente del PP, José Antonio Bermúdez de Castro, la sociedad no podía permitir que el voto de los emigrantes estuviera permanentemente bajo sospecha.
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