Más allá de los 25 años
Los despedidos podrán ampliar el periodo de cómputo de su pensión
martes 01 de febrero de 2011, 20:51h
Los despedidos al final de su vida laboral podrán ampliar el periodo de cómputo para calcular su pensión más allá de los 25 años para "evitar perjuicios" al ver reducidas sus bases de cotización. Por otro lado, los parados podrán elegir entre obtener formación durante la búsqueda de empleo o formar su propia empresa con la supervisión del Servicio Público de Empleo.
Los trabajadores que hayan sido despedidos al final de su vida laboral podrán ampliar el período de cómputo para calcular su pensión más allá de los 25 años que estipula la reforma de las pensiones, para "evitar perjuicios" por la reducción de sus bases de cotización durante su inactividad. De esta forma consta en el documento del pacto económico y social que mañana ratificarán Gobierno y agentes sociales en La Moncloa sobre la reforma de las pensiones y que señala que por ley dicho período de cómputo pasará de los 15 años actuales a 25.
Además, el texto definitivo añade otra salvedad y dice que en el caso de existir lagunas de cotización éstas se completarán de la siguiente forma: Las correspondientes a los primeros dos años, con la base mínima de cotización y las que exceden de 24 meses con el 50 % de la misma. Adicionalmente, la Seguridad Social arbitrará fórmulas que reconozcan los periodos cotizados de los 24 meses anteriores al cómputo para rellenar las lagunas de cotización.
El documento del acuerdo también detalla los incentivos a la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de los 65 o de los 67 años dependiendo de las carreras de cotización. De esta manera si el trabajador quiere seguir en activo después de los 67 años y ha cotizado menos de 25, la bonificación anual será del 2 %, mientras que si ha cotizado entre 25 y 37 años el incentivo aumenta al 2,75 %. Para los trabajadores que al llegar tanto a los 65 como a los 67 años ya hayan completado su carrera de cotizaciones el incentivo será del 4 %.
Formar una empresa
Los desempleados que acudan a los Servicios Públicos de Empleo -antiguo Inem- para seguir un itinerario personalizado de empleo podrán elegir entre participar en acciones de formación y búsqueda de empleo o la puesta en marcha de una empresa, según el documento del pacto social firmado por Gobierno y agentes sociales. Así, el documento establece que "la persona beneficiaria del itinerario se comprometerá a su participación activa en las acciones para la mejora de su empleabilidad y de búsqueda activa de empleo o puesta en marcha de una iniciativa empresarial", mientras que el Servicio Público de Empleo se ocupará de la "asignación y seguimiento de dichas acciones".