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Política lingüística

La Justicia suprime quince artículos del Reglamento del uso del catalán en Gerona

martes 15 de marzo de 2011, 21:04h
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido quince artículos del Reglamento del uso del catalán de la Diputación de Gerona. Entre los artículos suspendidos, figura el que especificaba que las actuaciones internas de ese órgano de la administración se tenían que hacer en catalán o que se redactaría en esa lengua el acta de sesiones.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido quince artículos del Reglamento de uso del catalán de la Diputación de Gerona, contra el que la asociación Convivencia Cívica Catalana había presentado recurso. El presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, ha anunciado que su partido ha incluido dentro de su programa electoral la derogación de este tipo de normativas lingüísticas "para que se respeten las dos lenguas en las administraciones".

Entre los artículos suspendidos, según el auto del TSJC, figura el que especificaba que las actuaciones internas de la Diputación se tenían que hacer en catalán o que se redactarían en esa lengua las actas de sesiones.

Las reglamentaciones ahora suspendidas también aludían a la obligación de que los impresos de esta institución y los carteles de las oficinas y despachos, así como los sellos de goma, estarían escritos en catalán.

El TSJC también anula los artículos respecto a la obligación para los adjudicatarios de contratos de escribir en lengua catalana toda la documentación, medida extensiva a quienes presentasen por encargo de la Diputación estudios, proyectos o trabajos.

Igualmente se suspende la obligación para el personal de atender a los ciudadanos en catalán salvo petición de alguno de que se hiciese en castellano.

El TSJC reitera así la suspensión de varios artículos del reglamento de uso del catalán del Ayuntamiento de Barcelona y de la Diputación de Lleida que ya notificó el pasado 26 de octubre.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante el mismo tribunal en un plazo de cinco días.
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