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Merkel y Sarkozy, por la armonización fiscal

Juan López Rodríguez
miércoles 19 de octubre de 2011, 21:35h
Merkel y Sarkozy vienen haciendo declaraciones en favor de la armonización del Impuesto sobre Sociedades desde el pasado mes de agosto. Llama la atención que se fijen en algo tan prosaico como los impuestos y no conozco las razones que les hayan podido llevar a declararse tan clara y abiertamente a favor de una política que hace más de diez años que la Comisión Europea incluyó en la agenda de los ministros europeos de Hacienda.

Sin embargo, el contexto puede ofrecernos pistas: lo han planteado ante la actual crisis financiera y en el marco de la propuesta, más ambiciosa, de reforzar el gobierno económico europeo. No parece muy aceptable que se salga a rescatar a determinados países miembros de la Unión Europea por las dificultades financieras que padecen cuando al mismo tiempo su gravamen sobre los beneficios de las empresas es muy reducido. Seguro que las entidades alemanas y francesas, que tributan respectivamente con porcentajes del 29,8 y el 34,4, han hecho saber que no les parece justo, oportuno, serio, coherente ni eficiente que con sus impuestos se respalde el rescate de un país como Irlanda en el que la alícuota para calcular el tributo sobre beneficios es del 12.5%. Es decir, hay empresarios con impuestos sensiblemente superiores a los de sus competidores en el mercado europeo y con los que pagan parte de los costes que se derivan de la menor carga fiscal empresarial de estos últimos.

Como decía, la Alta Autoridad de Bruselas ya había planteado la necesidad de coordinar la imposición sobre las empresas. En el año 2001 publicó un estudio donde puso de manifiesto los problemas fiscales que encontraban las sociedades para proyectar sus actividades en el conjunto del mercado único europeo. El documento contenía dos partes diferenciadas. En la primera, utilizó un modelo para determinar las diferencias en el coste fiscal derivado del gravamen de los beneficios por países miembros: siendo la media para la UE de 15 miembros entonces del 29,5%, con oscilaciones entre el 10,5 de Irlanda y el 39,1 de Alemania. La segunda parte se refería a las dificultades derivadas de la coexistencia de hasta 15 impuestos sobre sociedades, uno por cada Estado miembro: cuando una empresa extendía sus actividades por el continente tenía que hacer frente a la confluencia simultánea de legislaciones y cargas fiscales de distintas jurisdicciones. Surgían problemas de doble o múltiple imposición junto con la necesidad de conocer legislaciones diferentes y ser capaz de gestionar las obligaciones impuestas por todas aquellas.

Curiosamente, la Comisión Europea, como conclusión del estudio, no propuso la aproximación de tipos de gravamen, esto es, del parámetro básico para determinar el montante de la carga fiscal. El entonces comisario encargado de fiscalidad, el liberal Bolckestein, creía en los sanos efectos de la mal llamada competencia fiscal y mantenía la opinión de que era bueno que los Estados fijaron sus impuestos teniendo en cuenta lo que hacían otros: en tal decisión tendrían en cuenta la situación comparativa de sus empresas. Por otra parte, los problemas relacionados con la coexistencia y confluencia de sistemas tributarios dieron lugar a una batería de proposiciones legislativas de armonización, algunas de las cuales son ya Derecho positivo en vigor o informan la práctica administrativa; otra, la más ambiciosa, se ha concretado en una propuesta del Comisión para su aprobación unánime por el Consejo de base imponible común y consolidada del Impuesto sobre Sociedades.

El contexto en que se produjo el proyecto comunitario no era todavía el derivado del análisis de las circunstancias que para este tributo tendría el funcionamiento de la moneda única. Debería decir que no he encontrado tampoco análisis realizados bajo esta perspectiva que hayan amparado la decisión de los líderes europeos de concertar la fiscalidad empresarial. No me cabe duda, como se desprende de lo que hasta ahora vengo mencionando, que la intención que les mueve tendría mayor impacto que las propuestas puestas encima de la mesa por la Comisión Barroso. Éstas tienen por objeto la regulación de la base imponible, esto es, la determinación del beneficio relevante a efectos fiscales. Perseguiría además que todas las sociedades que actúen en Europa y formen un único grupo empresarial por la integración de sus propietarios determinen de forma conjunta su renta fiscal; la idea sería que ésta se distribuya entre todas sus miembros en función de su contribución a generarlo: se propone una fórmula de reparto según los activos utilizados, la masa salarial y las ventas que les resulten atribuibles.

Disponer de unas normas comunes para medir la base imponible es el primer paso necesario para hacer converger la carga fiscal. Es necesario que este parámetro de determine por normas que sean homogéneas en toda la Unión. Pero se intuye que las ideas lanzadas por los presidentes de Alemania y Francia van más allá y querrían también aproximar el tipo último para calcular la deuda fiscal por este impuesto.

Los impuestos son un elemento político fundamental para articular las sociedades. Detrás de su existencia está el surgimiento del parlamentarismo. Su carácter configurador de la convivencia política y su condición de seña de identidad de los pueblos aconseja que su estructura principal y su peso relativo sean resueltos por las Cámaras nacionales. Al mismo tiempo, resulta de todo punto imprescindible que aquellas herramientas fiscales que incidan sobre la articulación económica de Europa se concierten en la medida necesaria. La creación del mercado interior y la puesta en común de las necesarias estructuras lo requieren. Para ello, todavía sería necesario profundizar algo más en las dinámicas que las disparidades fiscales puedan ocasionar y que impidan las condiciones para un funcionamiento óptimo de la zona monetaria del euro. Esta estrategia reforzaría los argumentos para la armonización y esclarecería la necesidad de unas reglas fiscales comunes para los agentes económicos.

Juan López Rodríguez

Doctor en Derecho e Inspector de Hacienda del Estado

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