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tribuna

La doble penalización electoral y parlamentaria

jueves 24 de noviembre de 2011, 09:06h
Al final la realidad se impone, y ya es vox populi la injusticia inasumible de nuestro sistema electoral. Como coloquialmente se dice, los números cantan y no mienten, como en seguida veremos. No sólo el sistema electoral es profundamente injusto, desigualitario y desproporcional, algo que ya se sabía, ahora se está conociendo que junto a él, hay otra nueva barrera más injusta y desigualitaria si cabe, que es el artículo 23.1 del Reglamento del Congreso de los Diputados, que exige para poder tener grupo parlamentario o 15 escaños, o 5 escaños y el 15% del voto en las circunscripciones donde te presentas, o 5 escaños y el 5% del voto a nivel nacional.

¿Cuál es el resultado final de esta doble combinación? Que el sistema electoral no solo beneficia el bipartidismo y la sobrerrepresentación de los nacionalistas, sino que el Reglamento del Congreso acentúa esta tendencia, facilitando el acceso a la formación de grupo parlamentario a los dos grandes partidos nacionales, la barrera de 15 escaños es facilísima para ellos, pero no para el resto, y bajándola a 5 escaños para los nacionalistas y exigirles un muy asequible 15% en las circunscripciones donde se presentan, que no suelen ser más de 3 ó 4. No hay que olvidar que la vida parlamentaria del Congreso gira en torno al Grupo Parlamentario en cuanto a capacidad de iniciativas, presencia en órganos de dirección y de trabajo de la Cámara, turnos de intervención, tiempos de los mismos, etc. El no tenerlo y estar en el grupo mixto merma de manera importante el papel político en el Congreso. Veamos algunos números del resultado de las pasadas elecciones del 20 N y la injusticia inaceptable de esta doble penalización del sistema electoral y del Reglamento del Congreso combinados.

Por ejemplo, Amaiur tendrá grupo parlamentario pues logro más de 5 escaños y supera el 15% del voto en las circunscripciones donde se presenta. De forma y manera que los 333.628 ciudadanos que les han apoyado en las urnas se verían representados al máximo nivel en el Congreso, esto es, con grupo parlamentario. El sistema electoral les beneficia, pues con 333.628 votos obtienen 7 escaños, el escaño les ha costado 47.000 votos, pero además el Reglamento del Congreso también les beneficia, pues les allana y facilita el camino hacia el grupo parlamentario. Veamos ahora el caso de UPyD, logra más de un millón ciento cuarenta mil votos (1.140.242), sin embargo sólo obtiene 5 escaños, cada uno le cuesta 227.000 votos, el sistema electoral le castiga de manera importante, pero obtiene uno de los dos requisitos para tener grupo parlamentario 5 escaños, sin embargo su más de millón de votos no es suficiente para lograr el 5% de votos a nivel nacional, se queda a 3 décimas con el 4,7%. El resultado es que un millón ciento cuarenta mil ciudadanos se quedan sin grupo parlamentario, mientras trescientos treinta mil lo tienen ¿es esto asumible, es lógico, es igualitario, es democrático, es justo? Evidentemente no, no tiene ni pies ni cabeza, por lo tanto habrá que tomarse las medidas oportunas para que prevalezca la igualdad de representatividad democrática que todo ciudadano español merece.

Para clarificar más las cosas, apliquemos el coste del diputado de UPyD -227.000 votos- a Amaiur, si obtuvo 333.628 no pasaría de un diputado o incluso hagámoslo con el PSOE y sus cerca de 7 millones de votos, no pasaría de 33 escaños.

Concluyo, las bases de nuestra actual ley electoral de 1985 se aprobaron por las últimas Cortes franquistas el 15 de diciembre de 1976 en la Ley para la Reforma Política. Tal y como refleja el artículo 81 de nuestra Constitución es una ley orgánica clave y fundamental -la única ley orgánica que aparece expresamente-, pues es la que reparte el poder político y es ya un clamor popular la necesidad de su cambio para que no distorsione tan inaceptablemente la voluntad democrática de muchos ciudadanos españoles. Su cambio, y la amortiguación, posiblemente a través de una sensata y justa interpretación de la Presidencia de la Cámara, de los efectos perniciosos del Reglamento del Congreso, son ineludibles para un sistema que se quiera denominar realmente democrático.
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