crónica económica
La Ley de Unidad de Mercado en 15 puntos
viernes 25 de enero de 2013, 21:46h
1 Es una exigencia que ha llegado al gobierno por parte de los empresarios, las asociaciones sectoriales, y las organizaciones internacionales. Es el caso de la Comisión Europea, que ha lanzado varios mensajes a España en este sentido.
2 No es una recentralización. No supone la adquisición de competencias por parte del Estado, ni la supresión de las mismas por las Comunidades Autónomas. Es más, parte del principio contrario, si cabe: el respeto a la legislación de las Comunidades Autónomas por ellas mismas. La ley se ha elaborado a partir del principio constitucional de unidad de mercado, una mención en la norma fundamental que le da fuerza legal a la norma.
3 Entre los problemas que quiere resolver esta norma está el caso de aquéllos productos comercializables en una Comunidad, pero que les exigen un etiquetado distinto en cada una de las demás regiones. O las máquinas recreativas que tienen que fabricarse de un modo distinto en cada región para llegar a todas ellas. Otro caso característico es el de una empresa constructora a la que se le exige, en concurso público, que tenga sede en esa Comunidad Autónoma. O el profesional que tiene que registrarse en todas las regiones para trabajar en ellas.
4 El impacto económico de la aprobación de esta ley es del 1,52 por ciento del PIB en diez años, es decir, unos 1.500 millones de euros cada ejercicio. El Ministerio llega a esta cifra partiendo de que el coste de las cargas administrativas es del 4,6 por ciento del PIB, y que los servicios del Ministerio creen que la Ley reduciría esas cargas en un 35 por ciento. Esa reducción provoca que una parte de los recursos dedicados a la tarea improductiva de cumplir con las normas sin que ello redunde en una mejor atención al consumidor, quede liberado para usos productivos. De nuevo los cálculos del Ministerio son que esa reducción de las cargas administrativas le permitirán liberar un 2,07 por ciento de los trabajadores dedicados a ellas, lo que provocará un aumento permanente de la productividad del 1,23 por ciento, y la mejora en el PIB ya reseñada.
5 Está inspirado en la creación del mercado común europeo. De nuevo, no supone una centralización, dado que la Unión Europea, por ejemplo, no otorga licencias. Fuentes del Ministerio apuntan que otros ejemplos que se han tenido en cuenta son los de Canadá, los Estados Unidos o, especialmente el de Alemania, que pasó por una profunda reforma administrativa hace menos de una década.
6 Se basa en el principio de confianza mutua. Cada comunidad autónoma confiará en que cualquiera de las otras ha actuado con capacidad y responsabilidad.
7 Se distingue entre los bienes y los servicios. Las mercancías, una vez producidas bajo la licencia o la legislación de una de las Comunidades Autónomas, podrán circular libremente por todo el territorio nacional. En el caso de los servicios se distingue entre la facultad para ejercer una profesión y las condiciones para ejercerla. Un fontanero, una vez obtenga una licencia en una región, podrá actuar en cualquiera de ellas. Pero luego deberá someterse a las condiciones legales aprobadas en esa comunidad.
8 Se crean mecanismos de cooperación. Uno de los objetivos más importantes de la Ley es evitar que se produzcan conflictos. De modo que se creará un Consejo Nacional de Unidad de Mercado, que reunirá a los representantes de las regiones con el ministro de Administraciones Públicas. Allí se pondrán en común y se debatirán ideas para mejorar las leyes y para no ponerles a los ciudadanos dificultades innecesarias.
9 Capacidad para exigir una rectificación, y para suspender una norma. Las CCAA tienen la obligación de ofrecer una ventanilla única a la que podrán acudir las empresas para presentar una queja en el sentido de que esa región está violando el principio de unidad de mercado. La administración tiene la obligación de darle una respuesta. Si es positiva y acepta su queja, el asunto se resuelve amistosamente. Si lo rechaza, entonces la empresa puede acudir a la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (la fusión de Competencia y la CNMV). La CNMC tiene la obligación de dar una respuesta en cinco días. Si desestima la queja, el asunto muere allí o se traslada a los tribunales. Si la acepta, la CNMC puede impugnar la norma autonómica con capacidad suspensiva. Es decir, que la norma o el concurso o la resolución puede quedar suspendida hasta que ambas partes lleguen a un acuerdo o hasta que el asunto lo resuelva un tribunal.
10 Están excluidos los bienes públicos, como la educación o la sanidad. De modo que dos de los bienes más importantes que tenemos quedan fuera del efecto beneficioso de esta norma.
11 Las normas tendrán que tener un conjunto de principios de buenas prácticas. El de la necesidad, el de simplicidad (la norma debe estar formulada del modo más sencillo posible), proporcionalidad (no se debe exigir más de lo imprescindible), mínima distorsión (rebajar el impacto económico sobre la empresa), transparencia, (que sea fácil de localizar) y coherencia (que sea clara, fácilmente interpretable y carezca de ambigüedad). A ello hay que añadir otro principio, el de no discriminación, de modo que ninguna administración podrá exigir a una empresa concursante que tenga una sede en su comunidad.
12 Fin al sometimiento de licitaciones. Ahora las administraciones no podrán exigir autorizaciones y licencias sin una razón suficiente, que además están detalladas en la norma (como el orden público, la seguridad, el medio ambiente, la utilización de bienes públicos, el uso del patrimonio nacional…)
13 Todos esos principios llevan a que se produzca una vigilancia mutua de las Comunidades Autónomas.
14 Habrá mecanismos de cooperación entre las Administraciones Públicas, que consisten sustancialmente en compartir información sobre las licencias y habilitaciones a profesionales y empresas.
15 Etiquetado. Esta materia recae dentro de la Competencia de la Unión Europea, que en una directiva de 2011 ordena que los productos estén etiquetados en la lengua oficial correspondiente. Si una comunidad quiere que haya etiquetas en la lengua cooficial, podrá pedirlo, pero no podrá impedir que un producto etiquetado en español (lengua oficial) circule por su comunidad.