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TRIBUNA

Elecciones en Reino Unido

Alfonso Cuenca Miranda
martes 28 de abril de 2015, 20:16h
El próximo 7 de mayo tendrán lugar las elecciones a la Cámara de los Comunes en el Reino Unido. Dicho país puede vanagloriarse de contar con la serie más larga e ininterrumpida de elecciones parlamentarias, si bien en sentido moderno no puede hablarse de tales sino a partir de la trascendental reforma electoral de 1832. Al margen de los numerosos vaticinios que proliferan en estos días acerca del resultado de los próximos comicios británicos y de sus implicaciones, interesa detenernos en las peculiaridades de un ritual que viene reiterándose desde hace varias centurias. Si la Constitución británica ha podido definirse como “un camino que anda”, la repetición exitosa de la llamada de los ciudadanos a las urnas es un jalón fundamental en tal recorrido. Y aquí, como en tantos otros extremos, interesa subrayar los aspectos en los que el genio británico, o dicho de otro modo, su milagrosa singularidad, contrasta con lo que sucede en otras latitudes.

Lo primero a destacar, y no por ello menos conocido, es la particularidad del sistema electoral que rige el acceso a los Comunes, el sistema mayoritario en circunscripciones uninominales, a una sola vuelta (a diferencia del “ballotage”, o doble vuelta que impera en otros países, como es el caso de la elección de la Asamblea Nacional francesa). La adopción de la misma tiene importantes repercusiones en la conformación final del poder en Westminster y, por ende, en Whitehall. En este sentido, el sistema “first past the post” ha sido criticado por “desconocer” numerosos votos y por lo injusto (por no proporcional) de sus resultados finales. Así, la doctrina científica señala que regiría una suerte de ley del cuadrado (en algunos períodos ha llegado a ser del cubo) por la que la sobreprima del primer partido en número de escaños sería equivalente a la proporción entre el cuadrado de los votos obtenidos por las dos primeras fuerzas (es decir, una diferencia de un 3% en número de votos marcará una distancia de un 9% en el número de escaños). El “castigo” es aún mayor para el tercer y sucesivos partidos, soliéndose citar al respecto el caso del partido liberal (así, por ejemplo, en 1992 obtuvo el 18% de los votos a nivel nacional y sólo el 3% de asientos). Frente a ello, cabría argumentar que el sistema busca como primer objetivo la realización del principio de decisión, esto es, la formación de gobiernos estables con un sólido apoyo parlamentario. Con todo, en el reciente escenario político británico, e incluso con mayor vigor en el que se avecina, la realización de tal objetivo no está tan al alcance como en épocas pasadas, debido a la atomización partidista y electoral.

Por otra parte, la opción por la fórmula electoral comentada ha tenido importantes repercusiones en la propia caracterización de las campañas electorales y, previamente, en la propia selección de los candidatos. Así, en función de la configuración de los distritos y del carácter de su electorado, en numerosos de ellos es prácticamente imposible que cambie el partido ganador (consecuencia respecto de la que no cabe exagerar la crítica si se tiene en cuenta, por ejemplo, que en las elecciones al Congreso de los Diputados algo parecido sucede en relación con la distribución de escaños en determinadas circunscripciones pequeñas). Ello dio lugar en el pasado (y aún hoy) a una lucha encarnizada intrapartidista por hacerse con la candidatura en los distritos seguros, garantizándose de este modo una relección prácticamente vitalicia. Por otra parte, la configuración elegida hace que la lucha en los distritos entre los candidatos de los diversos partidos sea, por decirlo así, más personal, pero no por ello más implacable que en los sistemas proporcionales plurinominales. Ni que decir tiene que la opción por los distritos uninominales favorece la relación más directa entre elector y candidato y, posteriormente, el mejor control del cumplimiento del “trust” conferido al elegido. Ello hace que el vínculo del parlamentario con su distrito sea más estrecho que en otros sistemas, como atestigua la escena conocida de los despachos semanales (generalmente los viernes) de los MP’s con los ciudadanos de su circunscripción (teniendo en cuenta en todo caso que el parlamentario, como remarcara Edmund Burke en su célebre discurso a los electores de Bristol, representa al conjunto de la Nación). Se trataría de una muestra más de un rasgo del sistema político británico no suficientemente conocido en el continente: su cercanía. Lejos de la parafernalia, del alejamiento o del aura misteriosa que irradia el poder en aquél, la política de la Vieja Inglaterra, reservando la pompa y circunstancia para las grandes ocasiones, sobresale por la ausencia de formalismos en las relaciones con los ciudadanos (así, por ejemplo, no verán ustedes coches oficiales en las convenciones de los partidos).

Por lo que respecta al desarrollo de la campaña, esa ausencia de formalidad y la mayor cercanía están muy presentes, amén del espíritu deportivo que siempre ha caracterizado a la contienda política en las islas. El “fair play” intenta mantenerse a toda costa, hasta el punto de que la ley castiga incluso con la pérdida del escaño en los casos de difamación (no probada) de los rivales (como sucediera en las elecciones locales de 2006 a una candidata laborista por sus acusaciones de pedofilia a un contrincante liberal). La igualdad de armas y el juego limpio son contemplados como principios sacrosantos, teniendo como una de sus más destacadas plasmaciones el célebre “Purdah”, término de origen persa (alude a la práctica de ocultar a las mujeres de los hombres que no sean parientes directos) que hace referencia a la prohibición que recae sobre el Gobierno respecto a la adopción de medidas de impulso político en el período comprendido entre la disolución y la celebración de elecciones, debiendo circunscribirse aquél a la gestión de los asuntos ordinarios (no sucede así, por ejemplo en nuestro ordenamiento, en el que la Ley del Gobierno únicamente impone las referidas restricciones al Gobierno cesante, es decir, desde la elección hasta la constitución del nuevo ejecutivo). Otro intento por garantizar el referido juego limpio es la limitación imperante en Reino Unido de los gastos electorales, tanto para los candidatos individualmente considerados como para el partido a nivel nacional, limitaciones inexistentes en otros sistemas políticos.

Muchas de las peculiaridades insulares se manifiestan especialmente el día de la elección, comenzando por la determinación del mismo. Así, en la mayoría de ocasiones (de hecho, en todas las elecciones desde 1935) ha sido (también lo será el 7 de mayo próximo) el jueves el día de la semana elegido, pesando en ello factores históricos, como el que se tratara de día de mercado en las ciudades, además de otros menos confesables como la menor afluencia (en relación con el viernes o el sábado) a los pubs (debido a que el viernes se cobraba la paga semanal) o el estar alejados del sermón dominical con el fin de atenuar su influencia. Por otra parte, mayo también ha sido el mes favorito para la celebración de los comicios, prefiriéndose en cualquier caso los meses de “buen tiempo” frente a los rigores del invierno y las lluvias otoñales. De otro lado, como sucede por lo demás en la mayoría de sistemas electorales, las garantías de imparcialidad e igualdad de armas se refuerzan en la jornada decisiva. En cambio, un aspecto muy británico, sin parangón en otros sistemas, es la proclamación del resultado del distrito con presencia en un estrado de los candidatos contendientes, nuevo reflejo del espíritu olímpico que Amos viera en la política británica y de la íntima conexión con el elector de los candidatos. Así, a una mentalidad continental llama la atención que incluso los candidatos a primer ministro comparezcan junto a sus rivales en su distritos (algunos de ellos muy alejados en diversos aspectos de la gran urbe) mientras un funcionario lee en voz alta los resultados. Como dato anecdótico, cabe señalar que ello hace que en dichas circunscripciones, a efectos de lograr mayor publicidad, se presenten candidatos de lo más variopinto, tal y como en sus “Memorias” recuerda Blair le sucediera a él mismo en 1997 en su pequeño distrito minero de Sedgefield (en el que, junto al entonces más que previsible próximo primer ministro, concurrieron candidatos bajo siglas como “Partido del rock and roll”, “Partido de Blair debe irse”, “Partido del monstruo loco de atar”…), lo que no es óbice para que el ex premier valore positivamente la referida escenografía.

Una particularidad más, y no menor, que contrasta claramente con lo que sucede en otros países, entre ellos España, es que el traspaso de poderes se produce casi automáticamente, sin período de transición, de tal modo que en caso de resultado claro el candidato vencedor entra a vivir en Downing Street a la pocas horas de la elección (generalmente a la mañana siguiente, tras el despacho con la Reina). Ello deriva de la ausencia en las islas de una sesión de investidura como tal. En los tiempos modernos, únicamente en dos ocasiones, con Heath en 1974 y con Brown en 2010, el traspaso ha sido más lento debido a los intentos iniciales (pronto abandonados) de los dos primeros ministros salientes perdedores por asegurarse un gobierno de coalición con la tercera fuerza en liza.

En definitiva, respeto a la tradición (bendita institucionalización, tan necesaria en otros contextos) y espíritu práctico. Sencillez e Historia. Tales pueden ser las claves del éxito de la más antigua democracia del mundo, presta a celebrar su eucaristía quinquenal. God save the polls.
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