En un impecable auto, el Supremo ha criticado duramente la resolución del tribunal alemán que ha dejado a Puigdemont en libertad al rechazar el delito de rebelión “por no haberse producido la violencia necesaria” y al cuestionar los términos de la petición de extradición del juez Llarena.
La sala de apelaciones del Alto Tribunal, que revisa los recursos contra las decisiones del magistrado español, ha aprovechado un recurso en el que confirma la prisión preventiva para Jordi Sánchez para criticar al tribunal de Schleswig-Holstein. Lo hace no solo avalando que se produjo un delito de rebelión, sino recordando también que la querella de la Fiscalía dejaba abierta la puerta a que si no se constataba violencia se pudieran seguir los hechos por un delito de sedición, que conlleva penas de hasta 15 años de prisión.
Pero la Sala apuesta por la rebelión, que a su parecer encaja en un delito "que ataca el núcleo del sistema político y jurídico que impone la norma constitucional desde una perspectiva básica o general”, más que por el de sedición, que persigue "un conflicto más focalizado que afecte al sistema político/jurídico en un ámbito más concreto", como fue lo que ocurrió en la Consejería de Economía.
Dice el Supremo que “la violencia física”, que en principio es un elemento imprescindible para constituir el delito de rebelión, pasa a “un segundo lugar” cuando éste se comete desde un poder constitucional establecido. En opinión de la sala, los líderes independentistas “indujeron a unos dos millones de personas a que salieran a la calle a votar ilegalmente”, con lo que, "como era totalmente previsible e inevitable, hubo violencia y hubo enfrentamientos físicos".
Y esta es una de las claves de los escritos del juez Llarena y de la sala del Supremo. Los líderes separatistas, salvo Sánchez y Cuixart en la Consejería de Economía, no participaron personalmente en las algaradas que se produjeron en Cataluña el 1-0. Pero animaron a sus seguidores a que se enfrentaran a las fuerzas de seguridad a sabiendas de que se producirían altercados.
Según el Tribunal Supremo, "lo que aquí realmente sucedía era que después de más de dos años dedicados a laminar el ordenamiento jurídico estatal y autonómico, y de oponerse frontalmente al cumplimiento de sentencias básicas del Tribunal Constitucional, se culminaba el proceso secesionista dentro de un país de la Unión Europea, con una democracia asentada.
Por ello, los magistrados no dudan en afirmar que los líderes independentistas “incuestionablemente violentaban los principios del sistema político y jurídico que se plasma en la Constitución”.
Los argumentos del Tribunal Supremo en defensa de la petición de extradición del juez Llarena parecen incuestionables y suponen un auténtico tirón de orejas al tribunal regional alemán que se ha atrevido a dinamitar el principio en que se basa la euroorden: la “confianza mutua entre los tribunales de los países de la UE. La precipitada y torpe resolución de los jueces alemanes no solo altera el problema secesionista español. También pone en riesgo la euroorden, uno de los principios básicos en que se asienta el acuerdo der Shengen por el que los países de la UE suprimieron los controles fronterizos “para la libre circulación y sin restricciones de personas, bienes, servicios y capital”.
Habrá que esperar la resolución final de los magistrados alemanes tras la reunión que se ha producido entre los fiscales españoles y germanos que intentaran convencer al tribunal de los atinados argumentos del juez Llarena. Pero si, al final, Alemania se niega a la extradición de Puigdemont se abrirá una profunda crisis en el corazón de la Unión Europea. Para empezar, la euroorden será papel mojado.