El juez García Castellón atribuye al vicepresidente cuatro delitos: revelación de secretos, daños informáticos, denuncia falsa y falso testimonio.
La Fiscalía Anticorrupción se ha pronunciado en contra de que Pablo Iglesias sea imputado por el caso Dina. Así se lo ha comunicado en un informe interno a la Fiscalía General del Estado, que será la encargada de enviar el texto definitivo con su posición al Tribunal Supremo.
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha elevado una exposición razonada al Tribunal Supremo para investigar al vicepresidente del Gobierno por delitos de descubrimiento y revelación de secretos, con agravante de género, daños informáticos y acusación o denuncia falsa y/o simulación delito en relación con el robo del móvil de su exasesora Dina Bouselham. El magistrado considera que Iglesias usó de forma fraudulenta este proceso para intentar lograr algún tipo de ventaja electoral.
La Vanguardia adelanta que los fiscales no comparten la versión del magistrado de la Audiencia Nacional sobre los delitos que atribuye a Iglesias: revelación de secretos, daño informático y acusación y denuncia falsa.
Este miércoles en el Congreso, Iglesias se jactó ante el secretario general del PP, Teodoro García Egea, de que el Supremo no le imputará.
Según han confirmado a Efe fuentes fiscales, la Fiscalía del Supremo solicitó ese escrito a Anticorrupción al haber sido la que ha llevado este caso desde su origen en la Audiencia Nacional en el seno del caso Villarejo. La Fiscalía Anticorrupción, que fue la que pidió al juez Manuel García Castellón que retirara a Iglesias la condición de perjudicado en el caso Dina ante las contradicciones apreciadas, también reclamó ya entonces al magistrado que llamase a declarar a Bousselham para que esta pudiera señalar si decidía emprender acciones legales contra Iglesias o aceptaba su perdón, con lo que ya no se le podría investigar por un delito de descubrimiento o revelación de secretos.
La Fiscalía, además, discrepa con la decisión del juez de enviar este asunto al Tribunal Supremo antes de agotar la vía ordinaria para profundizar en la investigación, en la que García Castellón ha incluido también a no aforados, los letrados de Podemos Marta Flor Núñez, que ha ejercido como abogada de Iglesias y Bousselham, y Raúl Carballedo.
Los argumentos del juez
Los hechos que rodearon al robo del móvil de la exasesora de Iglesias, según el juez, se incardinan en un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.2 del Código Penal que sanciona a quien, sin estar autorizado se apodera, utiliza o modifica en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos. Además, el juez entiende que en este caso concreto concurre la agravante del art 22.4 del Código Penal, porque “el hecho se habría cometido por razones de género”.
Después de analizar la doctrina jurisprudencial sobre este delito, el juez de la Audiencia Nacional concluye que “podríamos apreciar un acceso no consentido a datos de carácter personal por parte del Sr. Iglesias, además de un apoderamiento de los archivos aprehendiendo el dispositivo en el que se almacenaba la información (la mini tarjeta SD) de carácter íntimo y personal de Dina Bousselham”.
El juez explica que el delito de descubrimiento y revelación de secretos requiere denuncia de la persona agraviada. El magistrado considera que debe ser el órgano competente, la Sala Segunda del Tribunal Supremo quien decida si considera oportuno o no citar a Bousselham, a los efectos de manifestar si exculpa al señor Iglesias por los hechos expuestos, tal y como ha venido interesando en varias ocasiones la Fiscalía Anticorrupción. García Castellón argumenta que hasta ahora no ha practicado esta diligencia, toda vez que la Sala de lo Penal confirmó la incompetencia de la Audiencia Nacional para investigar estos hechos.