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AL PASO

Alfonso Ruiz Miguel, el homenaje debido

Juan José Solozábal
martes 07 de enero de 2025, 19:49h

I-No hace dos meses en mi Facultad se ofreció un merecido homenaje a Alfonso Ruiz Miguel, catedrático de Filosofía del Derecho con motivo de su jubilación. Ruiz Miguel es un universitario ejemplar, para los que no lo sepan discípulo de Elías Diaz e introductor entre nosotros de la obra de Norberto Bobbio. Ahora que lo pienso no es un radical, algo a lo que los filósofos pueden ser propensos, pero tampoco un conservador. Sereno, pero a la vez, digámoslo machadianamente, unas gotas jacobino. Estudioso, pero al tiempo gestor, como demostró a su paso por la Secretaría General de la Universidad. Mientras yo estaba en la Comisión electoral, ví como controlaba todos los cabos e intríngulis de la vida universitaria, de modo que no sesteaba en la especulación. En su discurso de aceptación del homenaje, y como le dijera ya Francisco Laporta puede ser presentado, siguiendo la terminología de Berlin, como un pensador erizo, amador del sistema y los planteamientos generales, diríamos del pensamiento con fundamento; pero al tiempo como un zorro, atento a los problemas concretos, al estudio de los detalles donde se manifiestan las cosas como verdaderamente son. En suma, se atrevió a proponerse como un pensador zorizo, dedicado a reflexionar a partir de cuestiones ciertas. Como estamos hablando de un jurista, esto quiere decir que está dispuesto a orillar la teoría ante un buen caso y que busca inspiración y tarea en el derecho vivo: law in action. Recuerdo en efecto que caí en la cuenta de que Ruiz Miguel era un jurista importante leyendo su comentario a la Sentencia de los Grapo, en la que el Tribunal Constitucional ponderó, creo recordar que según nuestro autor no con toda corrección, entre el derecho de los presos a decidir sobre su integridad y vida y el deber del establecimiento penitenciario de garantizar su salud y seguridad.

Esta orientación gnoseológica, pero también vital o existencial, explica la dedicación de Ruiz Miguel al estudio de la democracia, de la que ha ofrecido en un libro una exposición modélica de su trayectoria histórica, y los problemas de la inserción del individuo con su autonomía en el edificio institucional del Estado, ante el que no cabe bajar la guardia, como exige indefectiblemente cualquier planteamiento liberal en serio.

II-En la sesión de homenaje se glosaron por parte de los concurrentes, bien abundantes y de diferentes latitudes geográficas, diversos aspectos de la obra de Ruiz Miguel, destacando, a pesar de todo, su fe en las virtudes ilustradas de la educación y el progreso. Se me disculpará que omita nombrar a todos los que tomaron la palabra, empezando por el Decano y los profesores Morales,Hierro, Atienza, Marina Gascón, Rodríguez Abascal, o Perfecto Andrés Ibáñez y que renuncie a dar noticia del contenido de sus interesantes aportaciones.

Solo mencionaré las contribuciones de los profesores Moreso y Malem, quizás, porque muestran la capacidad incitadora, sin duda por su capital democrático, de la obra del profesor Ruiz Miguel.

El profesor Moreso propuso entender el nacionalismo, en su caso catalán, desde la concordia, asumiendo los riesgos de la descalificación como colaboracionista o nacionalista camuflado. El punto de vista obligado es partir de la diferencia entre el nacionalismo cultural, como marco espiritual de una sociedad que asegura la autonomía y el desarrollo personal de los individuos, y el nacionalismo político, que reclama un derecho de soberanía sobre un territorio. Los perfiles de la nación política son claros: la nación es todo lo que hay entre una fronteras determinadas. Pero la nación cultural no tiene un mapa definido, se trata de una entidad fluida. Lo que Moreso ofrece es un pacto: renunciar a la nación política, si se salva el nacionalismo cultural. El nacionalismo político es prescindible, habida cuenta de su exageración opresiva y disfuncional, pues siempre estará el problema de los nonacionalistas dentro del Estado, y además conlleva sacrificios, renuncias e imposiciones. Mejor aceptar el nacionalismo cultural que será contemplado no como un riesgo para el Estado, sino como un enriquecimiento del mismo, acogiendo la tolerancia y el pluralismo.

El problema nacionalista se plantea en vivo como un caso de justicia lingüística. Así por ejemplo ¿se puede forzar a aprender el galés? ¿Se puede exigir una lengua para acceder a un oficio público, general o determinado? Moreso, prescindiendo de las anécdotas que pueda deparar su aplicación concreta, avala el modelo lingüístico normativo catalán, que condensa en sus tres objetivos : 1-Los niños al final deben conocer los dos idiomas oficiales (catalán y castellano).2-Se debe garantizar que la primera lengua de enseñanza sea la lengua materna y 3-Adecuación territorial del modelo de manera que en su aplicación se haga una insistencia a favor del idioma que sea en el respectivo ámbito más débil, un caso digamos de discriminación inversa perfectamente justificada.

El profesor argentino Jorge Malem presenta su contribución al homenaje como una prolongación o desarrollo de un trabajo de Alfonso Ruiz Miguel sobre la prevaricación judicial(incluído en Cuestiones de Principios),al reflexionar sobre el lawfare. Lo más importante al discurrir sobre este uso inadecuado del derecho es advertir que esta expresión no se refiere a las consecuencias políticas de una determinada actuación judicial, a sus efectos políticos diríamos, que como tales pueden ser inevitables. Así pensando en el derecho constitucional, repararíamos en que todas las decisiones jurisdiccionales del TC tienen consecuencias políticas, pero no suponen un caso de lawfare. Tampoco supone un caso de lawfare una actuación procesal del juez que resulta obligada: aquí se da una judicialización de la política pero no un caso de lawfare.

El lawfare supone una actuación consciente e intencional de los jueces fuera de los canales institucionales. Se trata de utilizar el derecho y el aparato judicial para actuar contra un adversario político.

El lawfare es una modalidad de la politización de la justicia, que se muestra bien claramente en el caso de la colonización de la justicia por los políticos, especialmente cuando están en el poder, caso de Menem packeando el Tribunal Supremo de jueces adeptos. Como señala el ponente, profesor Malem, el lawfare es un mecanismo ejercido tanto por la derecha como por la izquierda política; suele practicarse especialmente en causas prolongadas en el tiempo; y viene acompañado de un seguimiento mediático correspondiente que duplica sus efectos. ¿Como oponerse a la práctica del lawfare?. Son los órganos de autogobierno los primeros interesados en expurgar de malas hierbas al colectivo judicial, mediante los correspondientes expedientes disciplinarios. La denuncia de los casos de lawfare debe traducirse en “cataratas de querellas” de los mismos por los particulares afectados. En fin, procede oponerse con toda firmeza a la justificación del lawfare, esgrimiendo el principio de separación de poderes.

Juan José Solozábal

Catedrático

Juan José Solozabal es catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid.

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