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TRIBUNA

El (cata)logo (des)glosado (salva)guarda la (in)dependencia editorial

Juan Carlos Barros
jueves 16 de enero de 2025, 20:13h

Un catalogo de salvaguardas internas voluntarias como el que hay en la Recomendación (UE) 2022/1634 de la Comisión para los servicios de comunicación en la Unión, a la que específicamente se refiere el Reglamento (UE) 2024/1083 por el que se establece un marco común para los servicios de medios de comunicación en el mercado interior (o reglamento europeo sobre la libertad de los medios de comunicación) elaboradocon vistas a garantizar la independencia de las decisiones editoriales”, contrarían en la práctica por efecto de acumulación la libre competencia aún sin colusión.

En una recomendación de acompañamiento del reglamento las salvaguardas se muestran des(con)certadas mas (in)fluídas por la normativa pretendidamente no exhaustiva pero que no deja afuera siquiera fuera un fuero residual a la libre competencia en el (en)torno del mercado interno de la comunicación; y eso procediendo ellas mismas del interior. De esa manera propiedad/gestión/profesión si se desenvuelven normativamente en separación en la práctica luego no.

El apartado (35) del (pre)(am)bulo del Reglamento (UE) 2024/1083, (des)glosado en su (ex)posición de (salva)guardias empresariales editoriales bien que siendo proporcionales, dice que los prestadores/(pro)veedores de servicios-de-medios-de-comunicación deben salvaguardar para garantizar la independencia editorial, las cuales en cualquier caso si que han de ser relativas en tamaño, estructura y necesidades.

A cuyo efecto (continua el reglamento sin remisión con la remisión) la recomendación facilita un catálogo en la [ sección II de salvaguardias para garantizar la independencia y la integridad de los editores…frente a intereses políticos y empresariales indebidos (sic)…de las decisiones individuales…recogidas en estatutos, códigos u otras directrices y documentos de orientación…] las cuales aunque separadas mas no divididas de la siguiente condición están recogidas:

a) “Normas para la integridad editorial”, que incluye los “aspectos” que son al respecto de la integridad del contenido: misión, salas de prensa y fuentes. Los conflictos de intereses, las correcciones y la reclamación, y la separación entre lo comercial y lo editorial.

b) “Mecanismos para la independencia editorial”, dirigidos a los “miembros del personal” e incluye: presiones, oposición, objeción y abandono.

c) “Organos o estructuras”, que comprende comités y consejos.

d) “Las salvaguardias para promover la participación de los periodistas en la toma de decisiones de las empresas de medios de comunicación”, con derechos de información, de consulta, de participación

e) “Las salvaguardias para mejorar la sostenibilidad de los prestadores de servicios de comunicación y la inversión a largo plazo en la producción de contenidos”, con intercambio de conocimientos y de buenas prácticas en los foros pertinentes]

Pero lo (des)glosado no puede llegar a que sean privados los propietarios de sus (pre)rrogativas consistentes en la fijación de objetivos estratégicos, generales y de fomento del crecimiento y la viabilidad financiera de sus empresas, a cuyo respecto el reglamento debe reconocer que su objetivo (máximo) de fomentar la independencia editorial necesita reconciliarse con los derechos e intereses (mediáticos) legítimos de los propietarios de medios de comunicación privados, como son y cita: el derecho a determinar la línea editorial y el de decidir la composición de su equipo editorial.

En la (des)membración de la facultad inherente a la propiedad y de la legitimidad de los derechos e intereses privados en los servicios de medios de comunicación cuando el espacio competitivo logrado como resultado debido de una reglamentación no económica no deja lugar donde desarrollar una praxis suficiente dentro de una perspectiva social es el efecto al final lo que cuenta, catalogado o sin catalogar.

Juan Carlos Barros

Abogado, consultor europeo y periodista

JUAN CARLOS BARROS es abogado, consultor europeo y periodista

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