www.elimparcial.es
ic_facebookic_twitteric_google

Pulso por su supremacía

El Supremo cuestiona el "exceso" de atribuciones del Constitucional por el caso Urbanor

jueves 28 de febrero de 2008, 19:42h
Como ocurriera en mayo de 2005 y en abril de 2006, el Supremo ha advertido al Constitucional que se excede en sus competencias al absolver el pasado miércoles a los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer de un delito de estafa, al considerar prescrita su conducta en el caso Urbanor.

El argumento del Tribunal Supremo se fundamenta en que el Constitucional sólo puede conocer o pronunciarse en relación a los Derechos Fundamentales que atañen a la Administración o bien a los recursos o cuestiones de inconstitucionalidad de las leyes (es el caso del Estatuto de Cataluña). Pero nunca como instancia judicial.

Tras el acuerdo adoptado por la Sala Penal del Supremo, que cuestiona la interrupción de la prescripción de los delitos. El TS tiene la facultad de resolver sobre el conflicto de atribuciones de cada tribunal, reguladas por las diferentes leyes orgánicas. El Supremo se rige por su jurisprudencia, que estima, que los delitos no prescriben cuando median actuaciones judiciales, lo que ocurre en el caso Urbanor.

Una actuación paradójica
Expertos juristas consultados por EL IMPARCIAL, califican de despropósito, perversión y paradoja, que un órgano, de cuya independencia se presume (Tribunal Constitucional) resuelva un caso que sobrepasa sus competencias, al mostrarse como "juez y parte del mismo".

El TC se compone de doce magistrados elegidos por las dos cámaras, el Gobierno, el Consejo del Poder Judicial y miembros de la judicatura y de la abogacía de "reconocido prestigio, con quince años de experiencia profesional".

El hecho de que el Constitucional y la Fiscalía -elegida ésta por el Gobierno, tal y como dicta la ley- no se pronuncien en el mismo sentido, abre, a juicio de las citadas fuentes, un interrogante sobre el futuro de Conde-Pumpido, a quien dan por amortizado en este puesto en el caso de que el PSOE gane las elecciones del 9-M.

La decisión del Supremo en el caso Urbanor admite nuevas resoluciones. No obstante, el Constitucional es siempre el último recurso y hace complicado que esta diferencia de criterios se resuelva a favor del Supremo.
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (4)    No(0)

+
0 comentarios