aprobada en el consejo de ministros
Principales modificaciones de la nueva Ley de Costas
viernes 05 de octubre de 2012, 16:17h
Respecto a las principales modificaciones, la nueva normativa define mejor el alcance del dominio público marítimo-terrestre (DPMT) y aplicar criterios técnicos para deslindar la costa, según Medio Ambiente. La reforma también introduce un régimen diferenciado para los tramos urbanos de las playas (las contiguas a suelos urbanizados) y para los tramos naturales de las playas (junto a espacios protegidos o suelo rural), para las que impondrá "un nivel de protección mayor" al vigente.
Para reforzar los mecanismos de protección del litoral, la Administración General del Estado tendrá la facultad de suspender en vía administrativa los actos y acuerdos adoptados por las entidades locales que afecten a la integridad del dominio público marítimo-terrestre o que supongan una infracción de las prohibiciones establecidas en la zona de servidumbre de protección, impugnando dichos acuerdos ante los tribunales para evitar que se reproduzcan casos de construcciones ilegales.
Otra medida contempla el impedimiento de nuevas edificaciones en el DPMT y la prohibición de que las necesarias obras de mejora en los edificios existentes supongan un aumento de volumen, altura o superficie. Por otro lado, para lograr una completa seguridad jurídica, se garantiza la información a los ciudadanos sobre sus propiedades y otros derechos por lo que los bienes de DPMT deben inscribirse en el Registro de la Propiedad.
También se ampliarán los plazos máximos de las concesiones hasta 75 años, como hacen otras leyes como la Ley de Aguas, siempre que se trate de actividades respetuosas con el DPMT. Ante la perspectiva del vencimiento de las concesiones vigentes a partir de 2018, se establece la posibilidad de una prórroga extraordinaria de las otorgadas antes de la entrada en vigor de la ley de reforma, por un plazo máximo de 75 años.
En cualquier caso, Medio Ambiente precisa que no se trata de "una prórroga indiscriminada" ya que en aquellos casos en los que las concesiones amparen ocupaciones para usos destinados a la industria extractiva, energética, química, petroquímica, textil y papelera "será necesario un informe ambiental específico para otorgar la prórroga".