Escraches y otro tipo de exigencias clericales
Juan José Laborda
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viernes 19 de abril de 2013, 20:58h
La palabra “escraches” procede de Uruguay y de Argentina. Se popularizó en este último país en 1995, con motivo de las protestas que produjo el indulto a los genocidas que aprobó el presidente Carlos Menen. La “Plataforma de los afectados por las hipotecas” ha hecho suya esta denominación y esta practica en España.
Adelanto mi opinión sobre esta modalidad de acción política: manifestarse en el domicilio de una persona puede ser delito. La esencia de los primeros regímenes políticos liberales fue que el domicilio privado estaba protegido por el Derecho, y eso suponía que era “sagrado e inviolable” para los ajenos, incluyendo cualquier autoridad estatal o religiosa. El periodista Patxo Unzueta, en un fino y documentadísimo artículo, ha situado los “escraches” entre las prácticas que van directamente contra los principios de la democracia representativa. Y mucho más si los “escraches” buscan coaccionar al representante electo. Fernando Savater ha advertido a los alegres partidarios progresistas de esas prácticas que también pueden ser empleadas por los poco tolerantes adversarios de las leyes despenalizadoras del aborto. Recuerdo que los senadores que aprobaron la primera ley fueron perseguidos en la calle por unos encapuchados que portaban unas inmensas cruces, y que repartían unos folletos con sus nombres, en los que se explicaba que estaban excomulgados.
Encuentro que existe una relación cultural en los hechos que describo, y no me parece casual que Argentina sea el país inspirador de esa práctica. Extrayendo los rasgos fundamentales que la definición posee, los “escraches” son: a)una manifestación pacífica; b) pero basada en la fuerza; c) dirigida por activistas; d) que responden a la acción directa; e) y que amplifica sus acciones sirviéndose de los medios de comunicación para llegar a la opinión publica.
Será obra de una minoría de activistas, pero los “escraches” cuentan con la opinión favorable de la mayoría de la opinión pública española. Al igual que Argentina y otros países de nuestro contexto cultural, se aprueba, incluso se aplaude, la adopción de medidas con las que se hace “justicia” sin contar con la ley, y, frecuentemente -como es el caso- , contra la ley.
Esa manera de razonar se inserta en la lógica revolucionaria. Se desconfía de la capacidad de las reformas legales y se opta por las medidas radicalmente nuevas.
“Los defensores de esa forma de hacer política -escribió Patxo Unzueta- argumentan que comprenden que es molesto lo que hacen ante las casas de los diputados, pero que más lo es quedarse sin casa. Es un argumento retórico. Para ser válido habría que demostrar que lo uno justifica lo otro; también alegan que como los políticos no resuelven el problema, ni ellos tienen otra forma de hacerles escuchar sus razones, no tienen más remedio que actuar así.”
El ejemplo de estos días que Unzueta nos ofrece, ¿no es la prueba de que todavía consideramos las leyes como meras obligaciones impuestas por autoridades ilegítimas? ¿Y que la lógica utilitaria del Derecho queda subordinada a los deseos de cambios totales? Patxo Unzueta ha recordado unas autorizadas palabras recientes: “El escrache es una práctica injusta, pero también peligrosa, como ha advertido Felipe González al hablar del deslizamiento hacia un “anarquismo disolvente”.
¿Por qué esa falta de respeto a las leyes, que llega a veces al anarquismo? Pienso que una larguísima tradición de vivir en un “sistema legal de doble obediencia” lo podría explicar. “Sistema legal de doble obediencia”: sólo en los países oficialmente católicos se encuentra ese modelo. Los súbditos -y después los ciudadanos- de ese tipo de Estados -como España, Argentina, Italia, y un largo etcétera- debían obedecer las leyes del Estado temporal, pero a la vez tenían que cumplir las leyes del otro Estado, las leyes de la Iglesia. Más aún: las leyes de la Iglesia, en tanto que divinas y naturales, eran leyes que estaban por encima de cualquier otra elaborada y aprobada por los seres humanos, sean leyes de un Estado Democrático, o sean definidas como Derechos del Hombre.
La intervención del presidente de los obispos, monseñor Rouco Varela, en su lógica, la he visto igual a los argumentos favorables a los “escraches”: la “justicia” siempre está por encima de la ley, aunque ésta sea democrática, es decir, reformable. Los argumentos de monseñor Rouco se apoyan en la Escolástica, la versión de Santo Tomás de la filosofía de Aristóteles. La Iglesia tiene derecho a prohibir el aborto, incluso a los que no pertenecen a esa religión, porque el aborto atenta a la ley natural. David Hume, hace muchísimos años, desmontó para siempre la teoría del derecho natural. No existe moralmente una verdad absoluta que se impone a las demás costumbres y leyes. Una justicia que se apoya en nociones naturales o sobrenaturales, que considera que tiene la razón o la verdad por eso, acaba tentada por la fuerza o por la violencia.
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Consejero de Estado-Historiador.
JUAN JOSÉ LABORDA MARTIN es senador constituyente por Burgos y fue presidente del Senado.
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