El juez Silva y la prisión de Blesa
jueves 06 de junio de 2013, 00:05h
El que fuera máximo responsable de Caja Madrid, Miguel Blesa, volvía ayer a los calabozos de Plaza Castilla tras la orden de prisión dada por el juez Elpidio José Silva. Se da la circunstancia de que este juez había sido recusado por el propio Blesa a propósito de la pieza separada donde se investiga el crédito fallido concedido en 2008 al ex presidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán. Hasta que la Audiencia Provincial de Madrid no resolviera la recusación, el caso debía pasar al titular del Juzgado de Instrucción de Madrid número 36, Juan Antonio Toro.
El juez Silva no opina lo mismo y ha decidido seguir adelante, con el argumento del supuesto desvío de 100 millones de euros tras la compra del City Nacional Bank de Miami. Demasiada confusión jurídica en torno a un asunto de la máxima gravedad. De hecho, alguien mal pensado podría inferir que los últimos acontecimientos podrían ser constitutivos de vicios de forma introducidos a sabiendas. Lo malo no es sólo esto, sino el descrédito cada vez mayor de las instituciones, así como la calamitosa gestión de Miguel Blesa -en contraposición con la impecable labor llevada a cabo por su antecesor en el cargo, Jaime Terceiro-, cuyo resultado es el actual agujero de Bankia. Entre otras cosas.
Además, Miguel Blesa no estaba solo. Presidía el Consejo de Administración de Caja Madrid que aprobó por unanimidad la compra del City National Bank, en el que se sentaban ocho representantes del PP, cuatro del PSOE, uno de Izquierda Unida, cuatro de CCOO y uno de la UGT. Nadie dijo nada, así como tampoco el Banco de España, cuyo fracaso como regulador vuelve a quedar nuevamente en entredicho. Cierto es que Blesa, como presidente del Consejo de Administración, es el principal responsable, pero no el único. Por otra parte, casi tanta extrañeza como la soledad procesal de Blesa causa la redacción empleada por el juez en algunos de sus escritos. Frases como “ante la presencia de un tsunami no existe peor o mejor tumbona para pasar la tarde tomando el sol” o “aquí la tormenta perfecta no dependió de constantes climatológicas”, distorsionan más que califican jurídicamente.