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Una feroz campaña institucional

jueves 25 de julio de 2013, 18:24h
Hace unas semanas fue elegido por unanimidad, no alcanzada desde tiempo inmemorial, como Presidente del Tribunal Constitucional, el Catedrático Francisco Pérez de Cobos.

Hace unos días se inició una feroz campaña contra él porque había sido militante del Partido Popular y porque, además, lo había ocultado cuando compareció en el Senado con carácter previo a su nombramiento. La orquestada campaña de desacreditación –que recuerda la que se articuló contra Carlos Dívar- fue amplificada por dos tipos de actuaciones.

De una parte, la del ex-juez Garzón interesando la revisión de la resolución de inadmisión de su recurso de amparo, ante la presunta falta de imparcialidad de uno de los tres firmantes, Pérez de los Cobos. Habría que recordar que España fue condenada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por la falta de imparcialidad del Juez Instructor (único) de la Audiencia Nacional en el asunto Vera-Barrionuevo. La coherencia es un valor que, cuanto menos, debe suponerse.

De otra parte, la de algunos Gobiernos autonómicos, en concreto el catalán y el andaluz, que anuncian la recusación de Pérez de los Cobos en determinados procedimientos. Sus juristas saben perfectamente que no tiene base alguna, no sólo por el precedente (cuando el TC rechazó la recusación que formuló Ruiz-Mateos contra un Magistrado por ser o haber sido nulitante del PSOE) sino porque, como ahora veremos, no está constitucionalmente prohibido a los Magistrados del TC haber militado en un partido político. El intento de confusión entre la estética y el Derecho es perverso.

Como decía, el artículo 159.4 de la Constitución determina que es incompatible la condición de miembro del TC “con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos”. Por tanto sí cabe la militancia, aunque estéticamente no satisfaga.

¿Por qué se pretende aplicar a Pérez de los Cobos una exigencia no requerida nunca a los que han sido magistrados del TC? ¿Qué intereses están detrás? ¿Se trata de conseguir el crack institucional para hacer caer el sistema mismo?

En fin, afear su conducta por la ocultación de la militancia es sencillamente indecente porque la garantía constitucional de la libertad ideológica que contiene el artículo 16.1 se completa con ésta: “Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias”.

Tantas cosas se podrían haber declarado… por todos y cada uno (y no ponemos nombres).

P.S.: Es de obligada lectura el artículo de Sosa Wagner sobre la militancia de los miembros del Tribunal Constitucional alemán en los partidos democristiano, liberal y socialdemócrata.

Enrique Arnaldo

Catedrático y Abogado

ENRIQUE ARNALDO es Catedrático de Derecho Constitucional y Abogado. Ha sido Vocal del Consejo General del Poder Judicial

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