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Homs y Pelegrí representarán a la Generalidad en el Congreso el 8 de abril

El TC rechaza la declaración soberanista y Mas se arruga y no irá a Madrid a defender su consulta

martes 25 de marzo de 2014, 17:38h
El Tribunal Constitucional ha ha estimado la impugnación presentada por el Gobierno contra la declaración soberanista aprobada por el Parlamento de Cataluña en enero de 2013. Además, tras defender la consulta secesionista por todos los medios a su alcance y en todos los foros en los que ha sido partícipe, el presidente de la Generalidad, Artur Mas, ha renunciado a asistir al pleno del Congreso de los Diputados del próximo 8 de abril en el que se discutirá su propuesta independentista.
El Tribunal Constitucional ha anulado hoy por unanimidad la declaración aprobada por el Parlament en enero de 2013 que definía a Cataluña como un "sujeto jurídico y político soberano", aunque reconoce el derecho a decidir del pueblo catalán si se lleva a cabo en el marco de la legalidad constitucional.

En la sentencia notificada hoy, el tribunal ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno, de manera que declara "inconstitucional y nulo" el principio primero de la declaración, según el cual "el pueblo de Cataluña tiene, por razones de legitimidad democrática, carácter de sujeto político y jurídico soberano".

El TC considera que una comunidad autónoma "no puede unilateralmente convocar un referéndum de autodeterminación para decidir sobre su integración en España".

Según la sentencia, la declaración soberanista vulnera los artículos 1.2 (que declara que la soberanía reside en el pueblo español) y 2 (que recoge la unidad de la nación española) de la Constitución, así como los artículos 1 y 2.4 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que establecen que Cataluña ejerce su autogobierno y la Generalitat sus poderes de acuerdo a la Carta Magna.

El TC añade que la Constitución no contempla "el reconocimiento al pueblo de Cataluña de la cualidad de soberano", ya que ello es incompatible con su artículo 2 (sobre la indisoluble unidad de la nación española), y que lo contrario supondría conferir a Cataluña "el poder de quebrar, por su sola voluntad", dicha unidad.

Por otra parte, el tribunal declara constitucionales las referencias al "derecho a decidir de los ciudadanos de Cataluña", ya que considera que pueden ser interpretadas de conformidad con la Carta Magna, puesto que no consagran un derecho de autodeterminación no reconocido en la Constitución.

El TC cree que estas referencias al derecho a decidir suponen una aspiración política a la que solo pude llegarse mediante un proceso ajustado a la legalidad constitucional con respeto a los principios de "legitimidad democrática, pluralismo y legalidad" expresamente proclamados en la declaración en estrecha relación con el "derecho a decidir".

El pleno del Constitucional, presidido por Francisco Pérez de los Cobos, sostiene que se puede cambiar "el fundamento mismo del orden constitucional" siempre que no se haga "a través de una actividad que vulnere los principios democráticos, los derechos fundamentales o el resto de los mandatos constitucionales", sino en "en el marco de los procedimientos de reforma de la Constitución".

La sentencia del alto tribunal, cuya ponente es la vicepresidenta del órgano, Adela Asua, considera así inconstitucional la declaración soberanista aprobada el 23 de enero del año pasado por el Parlament catalán, que fue apoyada por el 63 % de los diputados de la Cámara autonómica.

La Abogacía del Estado recurrió en abril de ese año la decisión del Parlament argumentando que representaba un "desafío abierto" a la Constitución, y advirtió de que unos comicios en una comunidad autónoma jamás pueden ser plebiscitarios.

La declaración de soberanía del Parlament, con el voto de CiU, ERC, ICV-EUiA y la CUP, proclamó que Cataluña tiene carácter de "sujeto político y jurídico soberano" y abogó por el "derecho a decidir", es decir, celebrar una consulta de autodeterminación.

El Gobierno argumentó en su recurso que dicha "resolución tiene efectos políticos y jurídicos" y no es una mera declaración de principios, subrayó que esta iniciativa "se caracteriza por constituir un desafío abierto contra la Constitución y especialmente contra una de sus cláusulas capitales", el artículo 1.2, que declara que la soberanía reside en el pueblo español.

El recurso recordaba que "sólo una decisión de la soberanía del pueblo español podría reconocer de manera constitucionalmente válida la soberanía del pueblo de Cataluña".

Mas no viene a Madrid
Por otro lado, los consellers de Presidencia, Francesc Homs (CDC), y de Agricultura, Josep Maria Pelegrí (UDC), serán los dos representantes del Govern que acudirán a la tribuna del Congreso en el debate sobre la petición de traspaso de competencias a la Generalitat para convocar la consulta, al que no acudirá Artur Mas.

En la conferencia de prensa posterior a la reunión del Ejecutivo catalán, Homs ha anunciado los nombres de los dos representantes del Govern que acudirán a la tribuna de la Cámara baja el 8 de abril y ha descartado la presencia en Madrid del presidente de la Generalitat, Artur Mas.

Homs ha explicado que el presidente catalán seguirá el pleno en Barcelona, desde donde hará una declaración una vez haya culminado.

"Es un día importante, tendremos que estar muy al caso no tanto de lo que se vote, porque las votaciones están ya anunciadas, sino de lo que se dice sobre lo que plantea mayoritariamente el pueblo de Cataluña y qué argumentos se usan", ha comentado Homs.

Sin embargo ha subrayado que el protagonismo el 8 de abril es esencialmente del Parlament, que es la institución que ha presentado al Congreso una de las tres peticiones de transferencia de competencias a la Generalitat para convocar la consulta que se debatirán ese día.

Dicha propuesta la defenderán en la Cámara baja los diputados autonómicos Jordi Turull (CiU), Marta Rovira (ERC) y Joan Herrera (ICV-EUiA).
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