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EL EXTESORERO DEL PP DEBE PAGARLE UNA INDEMNIZACIÓN DE 50.000 EUROS

Cospedal gana a Bárcenas en los tribunales por vulneración de su derecho al honor

Efe
viernes 06 de febrero de 2015, 12:36h
Actualizado el: 02/07/2015 11:16h
Luis Bárcenas ha sido condenado a pagar 50.000 euros a María Dolores de Cospedal por vulnerar su derecho al honor. El extesorero del Partido Popular acusó a la secretaria general de haber cobrado en 'b'. Según la Audiencia Provincial de Toledo, las acusaciones no se han probado y son por tanto "difamatorias e injuriosas".
María Dolores de Cospedal, secretaria general del Partido Popular. Efe
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María Dolores de Cospedal, secretaria general del Partido Popular. Efe

La secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, ha ganado la demanda que presentó contra Luis Bárcenas por vulnerar su derecho al honor al acusarla de haber recibido pagos en 'b', y condena al extesorero del partido a pagar una indemnización de 50.000 euros.

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Toledo ha estimado el recurso que presentó Cospedal contra la decisión inicial del juzgado número 4 de Toledo, que desestimó la demanda de protección del derecho al honor planteada por la presidenta castellano-manchega al entender que no quedaba probado que el extesorero estuviera detrás de la "campaña difamatoria" contra ella.

El juicio, celebrado el pasado 18 de octubre, versaba sobre la publicación de los denominados 'papeles de Bárcenas' con la supuesta contabilidad B del PP en los que se apuntaba que Cospedal había recibido dos pagos de 7.500 euros en dinero 'b'.

Ahora, la Audiencia Provincial de Toledo revoca esa resolución del juzgado número 4, da la razón a la secretaria general del PP y afirma que, al no estar probadas las acusaciones de Bárcenas, los hechos son "difamatorios e injuriosos".

Según la sentencia, "el contenido de los papeles elaborados por el demandado, que contienen una supuesta contabilidad 'b' del Partido Popular, en cuanto afectan a la demandante, constituyen un claro y evidente menoscabo de su dignidad personal y profesional, y un atentado contra su fama y propia estimación".

Añade que los hechos relatados no se han probado como veraces por quien debía hacerlo, el demandado, y porque, en sí mismos, sin esa prueba de veracidad, los hechos son difamatorios e injuriosos. El Tribunal llega a la conclusión de que fue el demandado o persona de su orden quien entregó los denominados papeles de Bárcenas al diario El País.

La sentencia, además de condenar a Bárcenas a pagar un indemnización de 50.000 euros, le insta a cesar en esa intromisión ilegítima en el derecho al honor de Cospedal y a la publicación, a su costa, de la sentencia íntegra en dos diarios de tirada nacional en versión escrita. Asimismo, le impone el pago de las costas de la primera instancia.

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