En un auto hecho público este lunes, este tribunal desestima el recurso interpuesto por Bárcenas contra la decisión de julio de 2014 del Juzgado de lo Social número 16 de Madrid de rechazar la demanda que presentó contra el PP por despido improcedente, por la que reclamaba 900.000 euros en concepto de indemnización.
Al igual que el Juzgado de lo Social, el TSJM ve acreditada la existencia de una "simulación" en la relación laboral entre el partido y su extesorero entre el 16 de abril de 2010 -fecha en la que según el PP habría cesado en su puesto- hasta el 31 de enero de 2013, cuando causó baja en la Seguridad Social.
Según el TSJM, al haberse simulado por las partes una relación laboral, se habrían efectuado cotizaciones que "no procedían legalmente" y que "pueden tener incidencia en futuras prestaciones de Seguridad Social", lo que pone en conocimiento de las instancias competentes.
Así, remite certificación de la sentencia, "a los efectos oportunos", a la Tesorería General de la Seguridad Social, al Servicio Público de Empleo Estatal, a la Inspección Provincial de Trabajo, a la Agencia Tributaria y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.