La Audiencia Nacional juzgará a Josep Maria Bartomeu, presidente del FC Barcelona, por el fichaje de Neymar. La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal ha rechazado el recurso presentado por Bartomeu.
"La resolución recuerda que en este procedimiento, iniciado a raíz de una querella de la empresa DIS, se han discutido los orígenes y consecuencias de dos contratos suscritos en noviembre y diciembre de 2011 en los que se precisaban las condiciones de transferencia del jugador Neymar JR, que en aquellas fechas pertenecía al club brasileño Santos FC, a favor del Barcelona", explica.
De las cláusulas establecidas en los contratos, señalan los jueces, "se desprende la comisión de un delito de corrupción entre particulares por cuanto el Santos FC, al que pertenecía el jugador hasta julio de 2014, desconocía el acuerdo, ya que ni el jugador ni el club que adquiría sus derechos de transmisión se lo había comunicado". Además, dice, "la mercantil DIS, que había adquirido el 40 por ciento de los derechos económicos derivados de los derechos federativos de Neymar, tampoco conoció el traspaso pactado".
La Sala sostiene que también se infringió el artículo 18.3 del Reglamento sobre el Estatuto y la transferencia de jugadores de la FIFA, que impide a un futbolista negociar con otro club su traspaso, salvo cuando le queden, como mínimo, 6 meses, y en el presente supuesto se deduce, dice el auto, "que el delantero brasileño estaba vinculado con el Santos FC hasta mediados de 2014".
"Por todo ello, la posibilidad de la comisión del delito de corrupción entre particulares es evidente, ya que con la firma de ambos contratos, se alteró el libre fichaje de futbolistas", entienden los magistrados, que apuntan que la intervención de Bartomeu, en aquellas fechas vicepresidente, "aparece, a nivel indiciario de manera nítida".
Añaden que las cuestiones que plantea el recurrente en su descargo deben ser debatidas en el acto del juicio.