Rechaza el recurso presentado por la Comunidad Autónoma.
La Audiencia de Huesca ha confirmado hoy la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 que ordena a la Generalidad de Cataluña devolver las 44 piezas del patrimonio histórico del Monasterio de Sijena.
De esta forma, el tribunal oscense rechaza el recurso interpuesto por la Generalidad contra la sentencia que acordaba la restitución de todas las piezas a su ubicación original, Monumento Nacional desde 1923.
La sentencia, que condena a la parte catalana al pago de las costas, rechaza todos y cada uno de los argumentos esgrimidos por los recurrentes y advierte de que la demanda interpuesta por Aragón no tenía por fin "interferir" en las competencias de la Generalidad sino evidenciar que los bienes procedentes de Sijena no deberían integrar su patrimonio. Esta situación, añade al tribunal, no afecta "en absoluto" al conjunto patrimonial que pertenece a Cataluña "legítimamente".
Los magistrados, en virtud de la Estatuto de Aragón y de su Ley de Patrimonio Cultural, consideran legitimado al Gobierno aragonés para solicitar la nulidad de las ventas y rechazan que no puedan actuar "por el sólo hecho de que los bienes se hallen en Cataluña".
También avalan la legitimidad del Ayuntamiento de Sijena, cuestionada por la Generalidad, para intervenir en un procedimiento en defensa de un patrimonio propio. La Audiencia de Huesca analiza a renglón seguido la Ley de Monumentos Nacional para descartar los argumentos de la parte catalana que rechazan la consideración de los bienes reclamados como partes indivisibles del inmueble.
A juicio de los magistrados, esta argumentación es una "interpretación restrictiva que resulta escasamente compatible con la protección del patrimonio histórico y cultural". "Entendemos -subrayan- que son bienes de interés cultural, no por haberse incorporado a los fondos museísticos del MNAC sino porque en el año 1923 el Real Monasterio de Sijena fue declarado Monumento Nacional".
Por esta razón, no ven "razonable" la argumentación hecha desde Cataluña de que fue declarado el cenobio Monumento Nacional por sus "muros desnudos" y no por el conjunto del tesoro artístico que albergaba en su interior.