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TRANSPORTE

El Supremo avala la proporción de 30 licencias de taxi por cada VTC

El Supremo avala la proporción de 30 licencias de taxi por cada VTC
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EL IMPARCIAL
lunes 04 de junio de 2018, 15:25h
Siempre que sean necesarias y proporcionadas para mantener el equilibrio entre las dos modalidades de transporte urbano.

El Tribunal Supremo ha avalado la proporción de 30 licencias de taxi por cada una de vehículos de alquiler con conductor (VTC), vigente desde 2015, en los casos en los que este límite sea necesario y proporcional "como forma de garantizar el equilibrio" entre estas modalidades de transporte.

En la sentencia, la sala de lo Contencioso-Administrativo apoya además la exigencia a las empresas de arrendamiento de vehículos con conductor de que desarrollen el 80 % de sus servicios en el ámbito de la comunidad autónoma donde esté domiciliada su autorización. Con la finalidad de evitar que la utilización de autorizaciones de VTC en localidades de otras comunidades autónomas se convierta en una forma fraudulenta de incumplir la regla de la proporcionalidad.

Por el contrario, el tribunal da la razón a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), y a las plataformas Uber y Unauto, para que dispongan al menos de una flota de siete vehículos dedicados a dicha actividad, ya que excluiría a los pequeños empresarios de su ejercicio sin razón de interés general o necesidad que lo justifique. Por ello, no obliga a tener una flota mínima sino que, "simplemente, obliga a disponer de uno o más vehículos en las condiciones reglamentarias que se determinen, esto es, simplemente a disponer al menos de algún vehículo destinado a la actividad para la que se solicita autorización".

Los magistrados recogen estos criterios en la sentencia que resuelve los recursos de la CNMC, Uber, Unauto y Maxi Mobility Spain (Cabify) contra el Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre, por el que se modificó el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, y que estableció las referidas restricciones a la actividad de VTC. En la posición contraria, que respaldaba el Decreto, estaban la Administración del Estado, numerosas federaciones del taxi, la Generalidad de Cataluña, el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid, o la Asociación Española de la Economía Digital.

En cuanto a los requisitos materiales relativos a los vehículos, la Sala tampoco estima el recurso de la CNMC al entender que también se exigen medidas análogas al servicio del taxi para asegurar los niveles de calidad y seguridad en los mismos.

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