La complicación como peligro
jueves 14 de agosto de 2008, 21:02h
Hemos dejado dicho que el Estado autonómico, como todo sistema compuesto, es una forma política delicada y compleja que necesita de cuidados constantes y de atención continuada. Desde este punto de vista supone un nivel de refinamiento y, si se quiere ver así, una sensibilidad política superiores a los que un Estado unitario requiere.
Por eso solemos referirnos a una cultura política propia, “federal” la llamamos para simplificar, que identificaría esa actitud o sintonía que no puede faltar en un sistema de las características del nuestro. En resumidas cuentas lo que caracteriza a estas formas políticas es la necesidad de que las partes o instituciones territoriales que las integran no olviden en su actividad las necesidades del conjunto, y que la organización del Estado común no ignore la significación plural de los diversos elementos que lo componen. El Estado común no es un Estado unitario ni sus elementos territoriales componentes confederales soberanos.
Estos Estados son, conviene decirlo, difíciles de gobernar. No están formados por unidades administrativas que se limitan a llevar a efecto decisiones tomadas desde el centro. Reposan antes bien en el pacto y el acuerdo y sus instituciones se mueven dentro de un espacio acotado de competencias y atribuciones fijadas de antemano y al que tanto el centro como los Estados o Comunidades Autónomas han de atenerse. En esta forma política no desaparecen los conflictos, por el contrario los mismos son consustanciales. Lo que ocurre es que las disputas carecen de dimensión dramática, porque la cultura federal impide la presentación de los conflictos de modo “agónico”, como si fueran expresión de choques identitarios o nacionalistas. Se trata de discrepancias políticas a ventilar en foros de convergencia de este tipo, por ejemplo en reuniones sectoriales o en el Senado, como autorizadamente proponía Juan José Laborda en estas páginas hace unos días. O cuando ello no es posible, ya en forma jurídica, ante las instancias jurisdiccionales correspondientes, como un Tribunal Supremo o la Justicia Constitucional.
Como es fácil de deducir de lo expuesto al Estado autonómico le acechan dificultades de tipo espiritual, si se descuida el mantenimiento del equilibrio en que esta forma descansa, sucumbiendo a las pulsiones centralistas o, más verosímilmente, a los cantos de sirena territoriales. Pero no es menos peligroso otro frente, a saber, el construir un sistema en el que, por decirlo brevemente, la complicación confederal sustituye a la complejidad del mecanismo federal. El Estado autonómico no puede convertirse sin arriesgarse a la atrofia en un sistema incapaz, si no es a través de largos vericuetos y la repetición de negociaciones sin cuento con cada uno de sus integrantes, de adoptar las decisiones que toda unidad política requiere. A un paso de ello se está cuando, con base jurídica más bien dudosa, se resalta indebidamente el bilateralismo, frente a la utilización de los foros multilaterales y comunes para la defensa de las propias razones. A no ser que, como observaba Camus, se trate de razones débiles, razones, decía, “ a las que les falta algo”.
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Catedrático
Juan José Solozabal es catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid.
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