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COVID-19

Esto es lo que tienes que saber si eres trabajador y estás aislado por coronavirus

Esto es lo que tienes que saber si eres trabajador y estás aislado por coronavirus
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(Foto: Efe)
miércoles 11 de marzo de 2020, 08:41h
Actualizado el: 11 de marzo de 2020, 10:31h

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, aprobó este martes un real-decreto ley que incluye medidas para mejorar la protección de las personas trabajadoras afectadas por el coronavirus, que ha contagiado a 1 600 personas en España.

En este sentido, tanto las personas en aislamiento preventivo como quienes se han contagiado del virus se consideran en Incapacidad Temporal asimilada a baja laboral por Accidente de Trabajo.

Esto supone una mejora de la prestación tanto para las personas aisladas como infectadas por el coronavirus, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración

Si el contagio se ha producido en el trabajo, pero el aislamiento se ordena en casa, será accidente de trabajo porque el origen es laboral, explica el Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha señalado este miércoles en Onda Cero que el coste de considerar como accidente laboral las bajas por contagio o cuarentena por coronavirus puede alcanzar los 50 millones y ha recordado que cada mes la Seguridad Social gasta 800 millones en prestaciones por incapacidad temporal.

Según publica el BOE, al objeto de proteger la salud pública, se considerarán, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la
prestación económica de Covid-19. "En ambos casos la duración de esta prestación excepcional vendrá determinada por el parte de baja por aislamiento y la correspondiente alta".

Podrá causar derecho a esta prestación la persona trabajadora por cuenta propia o ajena que se encuentre en la fecha del hecho causante en situación de alta en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social.

La fecha del hecho causante será la fecha en la que se acuerde el aislamiento o enfermedad del trabajador, sin perjuicio de que el parte de baja se expida con posterioridad a esa fecha.

En el caso de los funcionaros, el sindicato CSIF informa de que las bajas derivadas por el coronavirus no afectarán a las nóminas de los empleados públicas y que se facilitará la conciliación de aquellas personas que tengan mayores e hijos a su cargo.

Además, el Ministerio de Función Pública ha trasladado a los funcionarios que habrá flexibilidad laboral y se utilizará la figura del ‘deber inexcusable’ (contemplada en el Estatuto Básico del Empleado Público) para aquellas personas que se tengan que quedar en casa para atender a mayores o hijos. Asimismo se suspenden los cursos de formación presenciales.

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