El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha puesto al mando de la crisis del coronavirus a los ministros del Interior, Fernando Grande-Marlaska; Defensa, Margarita Robles; José Luis Ábalos, Transporte, y Salvador Illa, Sanidad, según el real decreto del estado de alarma.
Los ministros designados por Sánchez como autoridades competentes delegadas "quedan habilitados para dictar los acuerdos, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretivas que, en la esfera específica de su actuación, sean necesarios para garantizar los correspondientes servicios, ordinarios o extraordinarios, en orden a la protección de personas, bienes y lugares".
Marlaska asume el mando de las fuerzas de seguridad, incluida la policía autonómica, como así consta en el real decreto: "Los integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales quedarán bajo las ordenes directas del titular del Ministerio del Interior".
El titular de Interior también contralará los servicios de intervención y asistencia en emergencias de protección civil, y podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.
Las autoridades sanitarias y los funcionarios sanitarios quedan bajo la orden directa del minsitro de Sanidad, quien hará "todo lo que sea necesario" para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza. "El Ministro de Sanidad se reserva el ejercicio de cuantas facultades resulten necesarias para garantizar la cohesión y equidad en la prestación del referido servicio".
El real decreto faculta a Illa para tomar las órdenes necesarias para garantizar el abstecimiento de material sanitario: podrá intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, incluidos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada, así como la industria farmacéutica, y podrá practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias, en aquellos casos en que resulte necesario para la adecuada protección de la salud pública, en el contexto de esta crisis sanitaria.
En cuanto a Ábalos, el titular de Transportes queda habilitado para dictar los acuerdos y resoluciones necesarias para garantizar los servicios de movilidad, ordinarios o extraordinarios, en orden a la protección de personas, bienes y lugares.
En los servicios de transporte público de viajeros, "se mantiene el 100% de cercanías, se reducen los de pequeña distancia a la mitad".