Acusan al Ejecutivo de no adoptar "medida alguna de prevención" durante más de un mes desde el aviso de la OMS.
Once abogados de la plataforma El Día Después han presentado este lunes una querella conjunta ante el Tribunal Supremo en representación de más de 3.000 familias de los fallecidos por coronavirus contra el Gobierno por homicio imprudente.
El escrito va dirigido contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y los 22 ministros que componen el Ejecutivo, y en nombre de 116 familias que han perdido una o más personas como consecuencia de la pandemia, explica la Fundación Zaballos, que también forma parte de la plataforma.
Argumentan los letrados que el Gobierno no adoptó "medida alguna de prevención" durante más de un mes desde que tuvo conocimiento de la emergencia sanitaria declarada por la OMS y, "más bien al contrario, negando su propagación en España". A finales de febrero y primera semana de marzo se celebraron multitud de concentraciones y manifestaciones, añade la querella, "y la vida ciudadana continuó de manera habitual, sin que la gran mayoría de los ciudadanos españoles tuvieran conciencia del riesgo que corrían, algo que el Gobierno sí conocía; pero por lo que parece decidió anteponer sus intereses por encima de la salud de las personas".
Con "desprecio" de las recomendaciones de las instituciones sanitarias mundiales, los querellados "no acordaron la adopción de medida alguna, que evitara o minimizara la propagación exponencial de la enfermedad y el riesgo de contagio en nuestro país, permitiendo que se siguiera llevando una vida 'normal', sin recomendaciones de qué hacer ante la situación que se avecinaba y que otros países ya estaban sufriendo"
"Hasta el momento, 3.268 familias han manifestado su deseo de querellarse, pero salvo las 116 que hoy se han personado, a las demás se les ha negado el Certificado Médico de Defunción, necesario para interponer la acción, y se les han dado un plazo de varios meses, para poder entregarselo", explica la Fundación Zeballos.
El homicidio por imprudencia, está castigado en el Artículo 142 del Código Penal, con penas de hasta 4 años por cada homicidio que, en este caso, podrían llegar a 6 años.
Los firmantes de esta querella, que representan a 3.268 personas, explican que "hasta el momento, miles de familias que han perdido uno o más familiares como consecuencia del COVID-19, van a personarse como acusación particular en esta querella, pidiendo para cada imputado una pena de entre tres meses y quince años, dependiendo de la calificación final, por cada uno de los fallecidos".
La querella puede verse ampliada e incluir los delitos de homicidio imprudente, prevaricación y omisión del deber de socorro entre otros. "Actualmente el equipo jurídico estudia si amplia esta querella contra Fernando Simón, como director del gabinete técnico de lucha conta el Covid-19 y otros asesores de Sanidad como cooperadores necesarios".
La Fundación Zaballos para la Defensa de los Derechos Constitucionales, que preside la abogada Emilia Zaballos tiene previsto personarse en el proceso como acusación popular. “Lo que ha ocurrido con la pandemia es muy grave. Desde la Fundación Zaballos no hemos dudado en dar apoyo legal a los afectados. Consideramos que es de justicia. Las responsabilidades, desde nuestro punto de vista, están muy claras. Ahora le toca decidir a la justicia”, explica Emilia Zaballos.
Profesionales sanitarios
Las familias de los fallecidos no son los únicos que se han querellado contra el Gobierno. También lo han hecho médicos y enfermeros por la distribución de mascarillas defectuosas. La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) ha interpuesto una querella criminal en el Tribunal Supremo contra el ministro de Sanidad, Salvador Illa, por "presunta actuación negligente" al haber distribuido mascarillas defectuosas al personal sanitario.
Del mismo modo, el Consejo General de Enfermería (CGE) también ha presentado también una querella ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo contra el presidente del Gobierno y el ministro de Sanidad por un delito contra la seguridad de los trabajadores.
Decálogo del Defensor del Paciente
El Defensor del Paciente ha redactado un
decálogo de los motivos que dan lugar a reclamaciones por daños y perjucios derivados de la pandemia.
1º.- Ancianos fallecidos por "abandono" en residencias. "Podrán reclamar todos aquellos afectados que puedan acreditar abandono en situación de peligro manifiesto y grave. Y será responsable quien no socorra al desamparado ni avise inmediatamente a terceras personas para que lo hagan. En estos supuestos se podrá exigir responsabilidad penal por omisión del deber de socorro o, en su caso, lesiones y homicidio imprudente, sin perjuicio de la responsabilidad civil por daños y perjuicios".
2º.- Pacientes que no son correctamente atendidos por infracción de la lex artis (altas indebidas, error de diagnóstico, tratamiento inadecuado, falta de información, demora de intervenciones urgentes, etc.): "Tendrán derecho a reclamar todos aquellos pacientes de patologías distintas al Covid-19 que durante la pandemia no reciban la debida atención médica y sufran una evolución negativa de su enfermedad, como puede suceder con casos oncológicos, neurológicos, cardiológicos, etc".
3º.- Pacientes que han fallecido esperando un respirador o no han sido ingresados en la UCI "por error en su clasificación" dentro del protocolo.
4º.- Pacientes que han fallecido esperando un respirador o no han sido ingresados en UCI por una lista de espera "mal gestionada dentro de la urgencia". Se podrá reclamar en los supuestos en los que los pacientes no acceden a la asistencia que precisan "a pesar de existir la posibilidad de ello". Por ejemplo, explica la asociación, "cuando se podía derivar al paciente a otro centro con más medios, ya fuera a un centro hospitalario de la misma o diferente Comunidad Autónoma, ya fuera a un centro hospitalario de carácter privado".
5º.- Reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración pública frente al Ministerio de Sanidad y frente al Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma correspondiente, "cuando se demuestre que el daño es antijurídico, es decir, que la víctima o perjudicado no tienen obligación de soportarlos". Aquí se incluiría la "falta de iniciativa" de Sanidad y de las Consejerías de Sanidad "a pesar de tener, con antelación suficiente, el ejemplo de Italia y China".
6º.- Ausencia de medidas de protección de los trabajadores. Se podrán reclamar responsabilidades derivadas de la ausencia de medidas de protección de los trabajadores. Esto incluye la reclamación frente a los empleadores por los daños y perjuicios sufridos por los trabajadores, funcionarios y militares con exposición de riesgo al coronavirus "por infracción de medidas de seguridad y prevención derivadas de la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, infracciones fundadas en ausencia o deficientes medidas de carácter organizativo y medidas de protección tanto colectivas como individuales (ausencia de EPIS, precariedad o insuficiencia de los mismos)".
7º.- Reclamaciones frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en su caso, frente a Muface, Isfas, etc., para el reconocimiento como accidente de trabajo de la enfermedad contraída como consecuencia de la prestación laboral de trabajadores, funcionarios y militares con exposición al coronavirus.
8º.- Denegación de la baja laboral a pacientes con factores de riesgo (inmunodeprimidos, con patologías cardíacas o pulmonares), que hayan resultado perjudicados a consecuencia de dicha denegación.
9º.- Reclamaciones contra empresas funerarias por "incumplimiento contractual, prestación defectuosa de sus servicios, errores de identificación de fallecidos, retrasos indebidos y abusos en el cobro de servicios funerarios".
10º.- Falta de información sobre el diagnóstico, tratamiento, riesgos, alternativas y pronóstico de la enfermedad en los supuestos en los que exista posibilidad de trasladarla a los pacientes y familiares.