www.elimparcial.es
ic_facebookic_twitteric_google

TRIBUNA

Rebelión entre tribunales

lunes 18 de mayo de 2020, 20:17h

La sentencia dictada por el Tribunal Constitucional Federal Alemán (Bundesverfassungsgericht, en adelante, TCFA) de 5 de mayo de 2020, aprobada por siete votos contra uno, ha sido considerada por muchos, con razón, como una embestida contra la Unión Europea. Ello explica las enérgicas declaraciones realizadas por el juez presidente del Tribunal Supremo Federal alemán (Bundesgerichsthof), Peter Meier-Beck, al describir la decisión del TCFA como un “horror”.

Para entender el asunto resulta obligado referirse a la sentencia Weiss y otros, relacionada con el programa de política monetaria. El 11 de diciembre de 2018, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) dictó sentencia en el caso Weiss, sobre la legalidad del Programa de Compras del Sector Público del Banco Central Europeo (BCE). El asunto había sido remitido por el TCFA, en la segunda cuestión prejudicial planteada por este tribunal nacional tras el caso Gauweiler. La decisión no era baladí ya que gracias a este Programa se pudieron relajar las primas de riesgo de los países periféricos lo que posibilitó la salida de la crisis de los Estados miembros del sur de Europa, permitiéndose con ello además que no quebrara la moneda única.

Pues bien, año y medio después de este fallo del TJUE, el tribunal alemán de Karlsruhe dictamina que tanto el TJUE como el BCE habían actuado fuera del ámbito de sus competencias (es decir, ultra vires) en relación con el programa de compra de deuda del sector público (Public Sector Purchase Programme) lanzado por el BCE desde 2015.

En consecuencia, marcando un hito en la historia, el TCFA declara inaplicable en Alemania una sentencia del TJUE (la dictada en 2018 en el asunto Weiss), considerándose unilateralmente competente para decidir sobre la validez en Alemania del programa de compra de deuda del sector público, ignorando que esta cuestión, en realidad, a quien compete única y exclusivamente es al BCE. Es más, la sentencia del TCFA declara que el programa de compra de bonos del BCE es “parcialmente inconstitucional” y por eso ofrece tres meses a la institución, que preside Christine Lagarde, para que se aclare que los objetivos del programa (PSPP) “no son desproporcionados”. En el supuesto de no hacerlo, el TCFA incluso amenaza con que el Bundesbank podría no participar “en la implementación y ejecución” de las decisiones del BCE. Como se puede suponer, tanto el BCE como la propia Lagarde han defendido en los últimos días la independencia del BCE, apoyándose además en la respuesta brindada por el propio TJUE.

El hecho de que la decisión de diciembre de 2018 del Tribunal de Luxemburgo le parezca ahora al TCFA “ininteligible” e “incompleta”, a mi modo de ver, no le legitima en ningún caso para constituirse en un órgano fiscalizador de los actos realizados por el BCE, situándose jerárquicamente por encima del TJUE. Tengamos en cuenta que la fiscalización del BCE corresponde exclusivamente al TJUE conforme a los Tratados Europeos suscritos y ratificados tanto por Alemania como por los demás Estados Miembros.

Aunque pudiera parecer lo contrario, el problema no se limita a una mera controversia de carácter técnico en el ámbito de la política monetaria entre las dos jurisdicciones más potentes de Europa. Creo que el comportamiento del TCFA implica un acto de rebelión con importantes consecuencias y, lamentablemente, éstas no solo las vamos a ver a corto plazo.

No podemos ignorar que el ordenamiento jurídico de la UE pivota sobre dos pilares básicos, el principio de primacía del Derecho de la Unión Europea sobre los ordenamientos jurídicos nacionales y el principio de efecto directo, sin contar con la relación cordial y armónica que se espera que exista entre los diferentes órganos jurisdiccionales a nivel nacional y entre ellos con respecto al Tribunal de Luxemburgo.

Con gran acierto, tras conocerse la Sentencia del TCFA, tanto el TJUE como el BCE y la Comisión Europea se han pronunciado públicamente destacando el principio de primacía del Derecho de la UE y el carácter vinculante que tienen las decisiones del Tribunal de Luxemburgo, órgano encargado de interpretar, dar unidad y armonizar el Derecho de la Unión Europea.

Es cierto que llueve sobre mojado porque ya en diferentes momentos de nuestra historia reciente, concretamente, desde los años sesenta del siglo pasado, hemos asistido a la rebelión de algunos tribunales constitucionales nacionales, marcando éstos una línea roja frente al Derecho de la UE cuando se pretendían traspasar asuntos que se consideraban intocables e irrenunciables para sus ordenamientos jurídicos nacionales: la relajación de la protección de derechos fundamentales, la acción ultra vires de la UE y la violación de los principios nucleares que conforman la identidad constitucional.

Ahora este nuevo acto de rebelión del TCFA ya ha dejado sentir sus consecuencias en otros ordenamientos jurídicos nacionales, al provocar que las autoridades polacas procedieran inmediatamente a nombrar cuatro nuevos jueces del Tribunal Supremo invocando el precedente Weiss, y declararan ultra vires las decisiones del TJUE sobre las reformas judiciales polacas. De hecho, tenemos un grave problema en el ámbito de la UE si la rebelión del TCFA contagia a otros tribunales, animándoles a que se activen a partir de ahora “test ultra vires” entre los mecanismos ordinarios de actuación del resto de tribunales de ordenamientos jurídicos nacionales, lo que podría generalizar los actos de rebeldía entre los Estados Miembros.

A mi modo de ver, no es admisible que los Tribunales Constitucionales de los Estados miembros puedan fiscalizar por su cuenta y riesgo la política monetaria del BCE y por ello me parece razonable que la Presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, haya declarado con dureza que se está sopesando la posibilidad de iniciar un procedimiento de infracción contra Alemania.

Lo que está en juego, a mi juicio, es la relación fluida de diálogo constructivo entre tribunales en un momento que, por cierto, no es el mejor tras producirse el Brexit y además en plena crisis sanitaria que, a su vez, está provocando una crisis económica sin precedentes.

La decisión del pasado 5 de mayo invita a pensar que hay que tratar de reconstruir las relaciones entre los diferentes órganos jurisdiccionales europeos. Si queremos mantener y preservar el Estado de Derecho en el ámbito de la UE y los principios sobre los que éste se asienta, es importante que el poder judicial no se exceda de lo que son sus tareas y, en consecuencia, no actúe como lo ha hecho en estos días el TCFA, al exigir al BCE que demuestre la “proporcionalidad” de su programa de compra de activos. Ello además deja en una situación muy complicada al Bundesbank frente al BCE porque, atendiendo a sus estatutos, el Bundesbank está obligado a ejecutar las órdenes que reciba del BCE en política monetaria, y el BCE no va a autorizar que se vendan estos títulos de deuda.

Lo peor de todo es que esta polémica llega cuando el BCE está teniendo que volver a comprar deuda pública de los países periféricos debido a la pandemia del coronavirus. Sin ninguna duda, si el BCE optara por vender en masa los títulos de deuda, Europa afrontaría una grave catástrofe financiera, que habría que sumar a la terrible crisis sanitaria actual y, por si esto fuera poco, pondría en peligro la existencia de la moneda única.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (11)    No(0)

+
2 comentarios