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AUDIENCIA NACIONAL

El juez pide al Supremo que investigue a Iglesias por revelación de secretos

El juez pide al Supremo que investigue a Iglesias por revelación de secretos
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(Foto: Efe)
miércoles 07 de octubre de 2020, 12:51h
El magistrado García Castellón considera que el vicepresidente segundo usó de forma fraudulenta el caso Dina para intentar lograr ventaje electoral.

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha elevado una exposición razonada al Tribunal Supremo para investigar al vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, por delitos de descubrimiento y revelación de secretos, con agravante de género, daños informáticos y acusación o denuncia falsa y/o simulación delito en relación con el robo del móvil de su exasesora Dina Bouselham.

La exposición razonada incluye también a la directora de los servicios jurídicos de Podemos María Gloria Elizo y a los letrados de esta formaciónn Marta Flor Nuñez y Rául Carballedo, así como a la propia ex asesora Dina Bouselhan y Ricardo Dasaferreira, estos dos últimos por falso testimonio.

El magistrado considera que Iglesias usó de forma fraudulenta este proceso para intentar lograr algún tipo de ventaja electoral.

En otro auto, el juez acuerda continuar el procedimiento por estos hechos contra el excomisario Jose Manuel Villarejo, el exdirector de la revista Interviu, Alberto Pozas y el periodista Luis Rendueles por delito de descubrimiento y revelación de secretos. En su escrito, el magistrado rechaza las diligencias que habían solicitado la defensa de Dina Bouselham y el Ministerio Fiscal y añade que pueden plantearse a partir de ahora ante el órgano competente, la Sala de lo Penal. A partir de ahora el fiscal y las acusaciones personadas disponen de 10 días para solicitar la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa

En su escrito, el juez relata los hechos que sustentan la exposición razonada respecto de Pablo Iglesias, el equipo jurídico de Podemos, su exasesora Dina Bouselham y su marido.

El origen de este procedimiento, explica el magistrado, es el robo del teléfono móvil de Bouselhan el 1 de noviembre de 2015, que contenía una tarjeta de memoria mini SD. Según el auto, dos años más tarde, el 3 de noviembre de 2017, se lleva a cabo una entrada y registro en la vivienda de Villarejo en la que aparecen un disco duro con dos carpetas DINA 2 y DINA 3 y otro pen drive con las carpetas DINA 2 y DINA 3.

De acuerdo con la investigación, el contenido de la tarjeta llegó a Villarejo a través del director de la Revista Interviú, Luis Alberto Pozas y el subdirector, Luis Rendueles, quienes a su vez entregaron una copia al presidente del Grupo Zeta Antonio Asensio.

Según señala el titular del Juzgado central de Instrucción 6, Pablo Iglesias recibió de Antonio Asensio, el 20 de enero de 2016, la tarjeta de memoria original mini SD procedente del teléfono de Dina Bouselham, en la que comprobó que almacenaba archivos personales y de carácter muy íntimo de aquella.

“Pese a ello se guardó la tarjeta en su poder, sin decírselo a su propietaria aun cuando ambos eran personas cercanas (ella había sido su asesora) y el conocimiento que tenía de la desaparición de los objetos de Dina desde noviembre de 2015”, explica el auto. Esta acción, continúa la resolución, puede vincularse al conocimiento que Iglesias tuvo al observar el contenido de la tarjeta micro SD de las capturas de pantalla que la asesora guardaba de conversaciones de grupos de mensajería en los que aparecía el aforado.

El magistrado señala como otro punto significativo el hecho de que Pablo Iglesias devolviera a Dina la tarjeta que guardaba en su poder inoperativa y, advierte de que si bien no se ha podido determinar la fecha de la devolución, indica, en todo caso, que debió de ser antes del 23 de agosto de 2017. “Se sabe que cuando se devuelve la tarjeta está inservible para su funcionamiento”.

El magistrado apunta como otro hecho destacado el que durante los días 21 y siguientes del mes de julio de 2016 se publican el Ok Diario varias noticias a las que se acompañan imágenes procedentes del dispositivo de Dina y que Pablo Iglesias había visto en la tarjeta de memoria. El aforado Pablo Iglesias, dice el juez, en ese momento tenía acceso a la tarjeta que guardaba en su poder por los que sabía que se estaban publicando imágenes enviadas a terceros mandadas por la asesora.

Los hechos que rodearon al robo del móvil de la ex asesora de Pablo Iglesias, según el juez se incardinan en un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.2 del Código Penal que sanciona a quien, sin estar autorizado se apodera, utiliza o modifica en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos. Además, el juez entiende que en este caso concreto concurre la agravante del art 22.4 del código Penal, porque “el hecho se habría cometido por razones de género”.

Después de analizar la doctrina jurisprudencial sobre este delito, el juez concluye que “podríamos apreciar un acceso no consentido a datos de carácter personal por parte del Sr. Iglesias, además de un apoderamiento de los archivos aprehendiendo el dispositivo en el que se almacenaba la información (la mini tarjeta SD) de carácter íntimo y personal de Dina Bousselham”.

El juez explica que el delito de descubrimiento y revelación de secretos requiere denuncia de la persona agraviada, en este caso Dina Bousselham. El magistrado considera que debe ser el órgano competente, la Sala Segunda del Tribunal Supremo quien decida si considera oportuno o no citar a la Sra. Bousselham, a los efectos de manifestar si exculpa al señor Iglesias por los hechos expuestos, tal y como ha venido interesando en varias ocasiones la Fiscalía Anticorrupción. García Castellón argumenta que hasta ahora no ha practicado esta diligencia, toda vez que la Sala de lo Penal confirmó la incompetencia de la Audiencia Nacional para investigar estos hechos.

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