La nueva normativa de la Comunidad de Madrid sobre el servicio de VTC define los requisitos para poder operar en la región de acuerdo a la proporción 1/30 (1 autorización VTC-Comunidad de Madrid por cada 30 licencias de taxi).
La nueva regulación expone que los conductores VTC no pueden permanecer estacionados para captar viajeros que no hubieran contratado previamente el servicio. Así, por ejemplo, no podrán circular ni estacionar en lugares como aeropuertos, estaciones de ferrocarril o autobús, hoteles, hospitales y centros comerciales o a menos de 100 metros de espacios con gran concentración de personas, como eventos culturales, deportivos, musicales o sociales, sin haber sido contratados previamente, de forma que los vehículos VTC únicamente podrán ser geolocalizados por los usuarios una vez se produzca la contratación del servicio.
Otra de las principales novedades de la nueva regulación es que los conductores de VTC tendrán que cumplir una serie de requisitos para poder realizar este trabajo, similares a los que ya se exigen a los profesionales del taxi, como contar con el permiso de conducir de la clase B o superior, con al menos un año de antigüedad.
También deberán superar un examen de 100 preguntas tipo test, agrupadas en seis módulos temáticos obligatorios, en el que se evaluarán cuestiones relacionadas con seguridad vial, conducción eficiente, primeros auxilios, marco jurídico o conocimiento de Madrid ciudad y región, así como un test psicotécnico. También habrá un módulo de inglés optativo.
Además, los conductores de VTC tendrán que realizar un curso de formación de actualización de conocimientos cada cinco años para poder seguir ejerciendo su actividad.
Los titulares de las autorizaciones VTC estarán obligados a prestar servicio de forma efectiva. De no hacerlo, perderán la autorización. En el caso de quienes ya tenían autorizaciones estatales de VTC, perderán la habilitación si han estado sin prestar servicio más de 30 días consecutivos o 60 días alternos en el plazo de un año. en el caso de las autorizaciones VTC-Comunidad de Madrid, se comprobará la prestación efectiva del servicio cada dos años, durante el visado de las autorizaciones. Y se dará de baja la autorización si no han prestado servicio durante 60 días el año anterior o durante 120 días desde el anterior visado.
La nueva norma también establecerá que las flotas tengan un mínimo de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, de manera que se garantice que, al menos, el 5% de las VTC sean vehículos adaptados de este tipo. Y al igual que sucede con el sector del taxi, todos los vehículos VTC deberán disponer de etiqueta ambiental Cero o ECO de la Dirección General de Tráfico.
También se va a autorizar la posibilidad del uso compartido, mediante la contratación de plazas de pago individual en cada vehículo. Una opción similar a la que tiene ya el Taxi en Madrid.
La nueva regulación de la Comunidad de Madrid para las VTC también prevé actualizar y endurecer el régimen sancionador, contemplando nuevos hechos infractores para sancionar conductas que tienen lugar en la nueva realidad existente en el mercado de transportes y con una clara incidencia en la competencia entre las empresas. Así, se añaden varias infracciones graves y muy graves, se amplían las infracciones que conllevan la inmovilización del vehículo y se establece la revocación de la autorización o habilitación por la comisión de ciertas infracciones graves o muy graves de forma reiterada (cinco o más veces en el periodo de un año).