La encuesta mundial sobre delitos y fraudes económicos 2020 de PwC arrojó que el 47% de los encuestados sufrieron un fraude en los últimos 24 meses. Unas cifras que se esperan aumenten significativamente a medida que se conozcan los datos de 2021 al calor del mayor uso de las tecnologías que se ha producido durante la pandemia, así como del aumento del fraude que suele ser más extensivo durante las crisis y recesiones, una combinación de ambos elementos que ya se percibe en estos últimos meses.
Pero no solo el elemento digital, sino el reto que supone a las pequeñas y medianas empresas cumplir con la política compliance u otros cumplimientos normativos, o la mayor sensibilización social contra la corrupción, obliga a la llamada superprofesionalización del experto en derecho penal económico para una correcta actuación defensiva en un proceso, por lo que los despachos han comenzado a reforzar sus plantillas vislumbrando un crecimiento de estas tipologías delictivas.
Un buen ejemplo de este necesario asesoramiento especializado se daba recientemente en un hotel situado en el norte de Madrid, donde una estafa de un millón de euros quedaba archivada tras demostrarse que no toda denuncia en un delito penal.
La estafa de un millón de euros archivada
Fue en primer lugar el Juzgado de Instrucción quien apreció que, como aducía la defensa, “se constata un enconamiento entre los miembros de una misma familia desde que falleciera en el mes de diciembre del año 2019 la madre del querellante, administradora solidaria de la mercantil”, decretando el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones ante la falta de indicios delictivos, para posteriormente ser la Audiencia Provincial de Madrid, quienes ante el recurso planteado por la acusación, fallaba que “estimamos acertada la resolución de instrucción, que debe ser confirmada, desestimando el recurso de apelación interpuesto contra ella”, en una sentencia de relevancia no solo por la cuantía económica que estaba en juego, un millón de euros, sino por poner de manifiesto la importancia de confiar en uno de los mejores despachos penalistas del momento en Madrid, como es Ospina Abogados.
Los hechos
La Junta General de un hotel se reúne en octubre de 2020 con el objetivo de aprobar las cuentas generales del año 2019, y proceder al inicio de un concurso de acreedores tras el fallecimiento de la administradora solidaria del negocio y familiar del resto de la Junta.
Pero el desigual reparto de la herencia y las habituales rencillas familiares marcaron el desacuerdo siendo el resultado que uno de los propietarios e hijo de la fallecida interpusiera una querella por un importe de un millón de euros contra su hermano, y administrador solidario junto con su madre desde el año 2013, siendo denunciada igualmente la mujer e hijo de este, sobre quienes en conjunto pesaba una acusación de haber percibido indebidamente unas retribuciones de 96.290 euros en el ejercicio 2019, a lo que se sumarían más de 28.000 euros en múltiples compras con destino particular.
Pero además la querella dudaba sobre una deuda con socios por valor de 668.600 euros “sin que se especifique con que socio”, así como que durante el ejercicio del año 2019 todos los pagos de clientes en el hotel se hayan efectuado en tarjeta “no habiéndose contabilizado ningún pago en metálico”, cuantificando esos ingresos en relación con ejercicios anteriores en 73.000 euros.
La defensa
La defensa ejercida por el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, ordenó las acusaciones para trazar una línea que desmontará la millonaria querella interpuesta contra sus clientes, demostrando documentalmente mediante contratos y la vida laboral de los señalados que “no se han apropiado ilícitamente de ninguna cantidad”. El letrado quiso recordar al querellante que fue administrador solidario de la empresa durante 13 años, por lo que “tenía conocimiento de esto” dándose la casualidad que durante su mandato ya se aprobaban dichos gastos.
En lo que se refiere a los supuestos gastos personales de 28.610 euros, los acusados manifestaron que esa cantidad se destinó para gastos de funcionamiento del hotel, tales como: sabanas, toallas, artículos de limpieza o gastos de la cocina, la cual como argumentaba la acusación, si es cierto que estaba cerrada para el uso de clientes, ofrecía servicio de desayunos y comidas a los empleados del negocio.
Respecto a la ausencia de cobros en metálico Ospina Abogados clarificaban que los ingresos declarados en efectivo superaban los 5.000 euros, cantidad inferior a la de otros años dado que “la mayoría de los clientes reservan por medio de aplicaciones web y los demás pagan con tarjeta bancaria porque así se solicita en el hotel como garantía”, considerando “desproporcionado” reclamar 73.000 euros cuando en un año de referencia como fue el 2017 se declararon 25.147 euros en metálico.
Similar situación se produjo respecto a la cuestionada deuda a socios por valor de 668.600 euros, defendiendo documentalmente el letrado experto en delitos económicos que dichas aportaciones eran anteriores al año 2014, cuando el querellante era administrador del negocio, las cuales le recuerda se realizaron “para compensar pérdidas de ejercicios anteriores derivadas de la mala gestión de la sociedad administrada por el ahora querellante”, sostuvo la defensa en una causa que finalmente fue archivada y que pone de relieve la importancia de la necesaria especialización de los abogados en materia económica.