- Las mujeres podrán interrumpir voluntariamente su embarazo
a partir de los 16 años. Se elimina el requisito introducido en 2015 por el Gobierno del PP que obligaba a las menores de 16 y 17 años a contar con el consentimiento de sus representantes legales
- Los centros sanitarios públicos deberán organizar sus servicios para garantizar la prestación del aborto.
- Se creará un registro de objetores de conciencia. Quien se declare objetor no podrá practicar abortos tampoco en la sanidad privada.
- Se elimina la obligación de informar a la mujer sobre las prestaciones y ayudas de apoyo a la maternidad y también el plazo de reflexión de tres días.
- Las reforma amplía los derechos reproductivos a todas las "personas trans con capacidad de gestar", es decir, a las que han cambiado su sexo al masculino pero que han mantenido su aparato reproductor femenino.
NUEVOS DERECHOS
- La ley establece el derecho a la incapacidad laboral temporal por reglas dolorosas incapacitantes.
- Se recoge asimismo el derecho a la incapacidad temporal desde el primer día de la semana 39 del embarazo y mientras se reciba asistencia sanitaria por un aborto y no se pueda trabajar.
- La reforma apuesta por la gratuidad de los productos de higiene menstrual -tampones, compresas o copas menstruales- en centros educativos, prisiones y centros sociales para las mujeres en situación de vulnerabilidad.
- Se garantiza también el acceso público y universal a la anticoncepción y se insta a los poderes públicos a fomentar la corresponsabilidad, apoyando la investigación y financiación de anticonceptivos masculinos
- La educación afectivo-sexual formará parte del currículo durante toda la educación obligatoria.
- La esterilización y la anticoncepción forzosas, el aborto forzoso, y la gestación por sustitución se recogen como violencias en el ámbito de la salud sexual y reproductiva de la mujer.
- Para prevenir los vientres de alquiler, ilegales en España, se prohíbe la publicidad que las agencias de intermediación y se realizarán campañas informativas.