www.elimparcial.es
ic_facebookic_twitteric_google

PODER JUDICIAL

El CGPJ confirma 646 reducciones de condena a agresores sexuales por la ley del 'sólo sí es sí'

El CGPJ confirma 646 reducciones de condena a agresores sexuales por la ley del 'sólo sí es sí'
Ampliar
EL IMPARCIAL/Efe
martes 28 de febrero de 2023, 08:44h
Actualizado el: 28 de febrero de 2023, 09:45h
Un total de 65 delincuentes sexuales han sido excarcelados en cinco meses.

El Consejo General del Poder Judicial calcula que en los cinco meses que lleva en vigor la ley del 'sólo sí es sí' se han beneficiado 646 delincuentes sexuales.

Según una información adelantada por El Mundo, 64 de ellos han sido excarcelados en aplicación de la revisión de condena.

El Poder Judicial ha recabado los datos a partir de la información facilitada por el Tribunal Supremo, las Audiencias Provinciales y los Tribunales Superiores de Justicia.

Últimos casos revisados

Esta semana, la Audiencia Provincial de Salamanca ha rebajado en un año la condena a un violador tras una revisión de su sentencia en base a la ley del solo sí es sí. El procesado fue condenado el 19 de mayo de 2016 a siete años y seis meses de prisión por "un delito consumado de violación (agresión sexual con penetración vaginal)", según indica el auto publicado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Tras revisar la sentencia con la entrada en vigor de la ley de garantía integral de la libertad sexual, la Audiencia ha sustituido esa pena por una de seis años y seis meses de prisión.

En la argumentación, el magistrado ponente Juan Jacinto García Pérez recuerda que el Código Penal determina que si un cambio de ley es favorable al reo, "se podrá y se deberá revisar la decisión judicial, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena". El procesado había sido condenado inicialmente a siete años y seis meses de prisión "tomando en consideración la entidad de la violencia empleada por el autor para consumar los hechos", según indica el auto, sin precisar más en ese sentido.

La Audiencia de Sevilla ha rebajado de 12 a 7 años una condena por agresión sexual en un caso de asesinato, una decisión que se adopta tras la entrada en vigor de la ley de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como "ley del sí es sí". La rebaja de la pena que aplica la sección primera de la Audiencia se refiere a un caso en el que un hombre fue condenado en 2008 a 15 años de prisión por un delito de asesinato, a 12 años de cárcel por una agresión sexual, a una multa de 1.080 euros por una falta de hurto y a indemnizar a los herederos de la víctima con 30.000 euros.

En la revisión de la condena, según el auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se explica que el hombre, preso en Sevilla, fue condenado a 12 años de cárcel por una agresión sexual recogida en la ley de 2010, que castigaba ese delito con entre 12 y 15 años de prisión. Tras la nueva ley, añade la Audiencia de Sevilla, este delito puede encuadrarse en los artículos 178 y 179 del Código Penal, que recoge penas de entre 4 y 12 años de prisión, y en el artículo 180.3, con penas de entre 7 y 15 años. "Por lo que aplicando el mismo criterio que recogido en la sentencia -indica la Audiencia- procede la imposición de la pena mínima de 7 años según la actual legislación".

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (4)    No(0)

+
1 comentarios