El juez de la Audiencia Nacional,
Santiago Pedraz, ha rechazado el recurso planteado por el fiscal y las acusaciones contra su decisión de ceder a
Guinea la causa en la que se investiga al hijo del presidente Teodoro Obiang, Carmelo Ovono Obiang, y a otros dos miembros del Gobierno por la desaparición de cuatro opositores.
Ratifica así el titular del Juzgado Central de Instrucción 5 la decisión adoptada el pasado 8 de enero tras haber recibido una comisión rogatoria de Guinea en la que se interesa la cesión de la jurisdicción a la Corte Suprema de Justicia al haberse abierto un procedimiento por los mismos hechos y contra las mismas personas que en España.
Pedraz considera que no hay base para entender que Guinea Ecuatorial no esté dispuesta a llevar a cabo la investigación o no tenga capacidad para realizarla.
El fiscal, en su recurso, argumentaba que el magistrado no podía ceder la jurisdicción de la causa, una vez que la Sala de lo Penal acordó la conversión del procedimiento en sumario.
En su auto, el juez explica que la transformación de la causa de procedimiento abreviado a sumario no supone dejar sin efecto el auto de cesión. Dicha cesión, según Pedraz, cabe tanto en el trámite de diligencias previas como en el sumario, pues no hay disposición legal alguna que lo impida.
El magistrado explica que una vez que el auto de cesión adquiera firmeza procederá la conclusión de la causa y la elevación del sumario a la Sala, por lo que no puede deducirse, añade, que sea esta la competente para acordar la cesión de jurisdicción.
El fiscal y las acusaciones entienden que si finalmente concluye la necesidad de ceder la jurisdicción, corresponde al Tribunal Supremo resolverlo y para ello el juez instructor debería enviar una exposición razonada.
Frente a este argumento, Pedraz señala que no “se comprende cómo puede este instructor razonar lo que no consta. Esto es, qué circunstancias pueden ponerse de manifiesto ante el Tribunal Supremo para que éste decida si procede o no la cesión”.
El magistrado añade que no basta con transcribir las circunstancias expuestas por la acusación, en todo caso genéricas y relativas al estado del país, “pero no a este caso concreto”.
“Esto es, no basta decir que el régimen de Guinea Ecuatorial y su poder judicial es o que no coopere. Hay que concretar las causas para este caso y con ello decidir si concurre la cláusula o no”.
El magistrado menciona la doctrina del Supremo en relación con esta materia y, en concreto cita el caso Carmelo Soria, de Chile, en el que el alto tribunal fijó los requisitos para declinar la competencia jurisdiccional y estableció cuándo hay base para apreciar la cláusula de salvaguarda. El auto precisa que en el presente caso no hay razón alguna para aplicar dicha cláusula de salvaguarda.
Recuerda que Guinea Ecuatorial ha iniciado un procedimiento por los mismos hechos y contra los mismos investigados y está practicando diligencias. “Es más, solicita a este juzgado se haga ofrecimiento de acciones y remisión de declaraciones. Los perjudicados podrán pues personarse en dicho procedimiento y además controlar la salvaguarda”, concluye el magistrado.
Además del hijo de Obiang, actual secretario de Estado de la Presidencia en Guinea Ecuatorial, están denunciados el director de la Seguridad Presidencial, Isaac Ngema, y el ministro de Estado, Nicolás Obama