www.elimparcial.es
ic_facebookic_twitteric_google

TRIBUNA

La independencia editorial en los medios de comunicación

Juan Carlos Barros
martes 20 de agosto de 2024, 19:29h
En el “Reglamento europeo para los servicios de medios de comunicación en el mercado interior” los destinatarios tienen derecho a disponer de un contenido de miscelánea que sea editorialmente independiente, ya esté su prestador cumpliendo un servicio público o no y estando, en todo caso, afectada la situación competitiva de la oferta por la financiación: en unos debido a los fondos públicos asignados para la publicidad estatal, y en otros por recursos económicos garantizados para el servicio publico.

El reglamento dice en el artículo 4º punto 2 que los prestadores (en general) del servicio tienen derecho a que se respete la efectividad de su independencia editorial (más la libertad) en el ejercicio de su actividad profesional cuando comuniquen noticias.

Sin libertad (de mercado) no hay, por tanto, independencia informativa en la comunicación, pero eso así formulado obliga a averiguar cuál es el mercado relevante, le marché en cause, donde opera la concurrencia. Para lo cual hemos de tener en cuenta todos los servicios que los destinatarios consideren razonablemente intercambiables, sobre lo que interviene, ni que decir tiene, la variación de los precios o el reparto de fondos o recursos.

La regulación profundiza más e indica que los estados “no podrán interferir ni tratar de influir en las políticas editoriales y las decisiones editoriales”. Y si las políticas editoriales quedan sin definir en el artículo 2º (no llega a tanto la intervención del reglamento), no obstante de su preámbulo se desprende que esas políticas se refieren, al menos parcialmente, a las personas u organismos que puedan intervenir en su establecimiento.

En cambio si incluye el reglamento lo que entiende por decisiones editoriales. Y según el artículo 2º punto 7) una decisión editorial es la que se adopta periódicamente para ejercer la responsabilidad editorial y está vinculada a la gestión diaria del prestador. Y para el artículo 2º punto 2) el prestador es quien ostenta la responsabilidad editorial sobre la elección (previa) del contenido y quien determina (fija) la organización.

Por su parte el artículo 6º punto 3 dice que “los prestadores (todos) de servicios de medios de comunicación que ofrezcan noticias y contenidos sobre cuestiones de actualidad (p.e. una bitácora) tomarán las medidas que consideren adecuadas (de nuevo se autolimita el reglamento) con vistas a garantizar la independencia de las decisiones editoriales.

Unas medidas que, por supuesto, habrán de ser competitivas en un mercado con libertad, y entre las que parece que quiere incluir aquellas que se toman ¿por quién? al ritmo inexorable de la actualidad, dentro igualmente de otro marco, si bien interno esta vez.

Y ello en particular, añade el reglamento, con la finalidad de garantizar dos cosas: que las decisiones editoriales puedan tomarse libremente dentro de la línea editorial (que no define) que siga el prestador “de que se trate” y la divulgación de cualquier conflicto de intereses que pueda afectar a la “oferta” de noticias y contenidos sobre “cuestiones de actualidad”, como fuera una sección de revista de prensa.

Para el articulo 2º punto 8) la responsabilidad recae sobre la selección de los programas o publicaciones y su organización, “con independencia de cómo esté ésta definida en el derecho nacional”. Y ¿con independencia quizás de la libertad de mercado? Eso no parecería muy real ni siquiera organizativamente.

Por último el artículo 6º pone la relación comercial en su sitio, o sea en el mercado, entre emisores y receptores, al decir que los primeros harán accesible a los segundos “de forma sencilla y directa” información actualizada sobre el importe total anual de fondos públicos destinados a publicidad estatal que se les haya asignado. Sin embargo eso pretende en vano aparentar una competencia en el mercado.

Juan Carlos Barros

Abogado, consultor europeo y periodista

JUAN CARLOS BARROS es abogado, consultor europeo y periodista

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (1)    No(0)

+
0 comentarios