Nacionalismo y constitución
jueves 20 de noviembre de 2008, 22:20h
En todo debate debemos ponernos en guardia frente a la sobreactuación o la exageración, pues impiden aceptar argumentos que cualquier posición razonable tiene aunque discrepemos a fondo de la misma. Obrar de otro modo debilita nuestra capacidad de convicción, sin duda mayor cuando buscamos persuadir y no abrumar o aplastar. Incurro en estas cavilaciones cuando la cuestión en discusión tiene que ver con el nacionalismo en España.
He defendido muchas veces, quizás con algún escándalo de quienes le escuchan a uno sólo para confirmar sus prejuicios, que nuestro sistema constitucional debe mucho a los nacionalismos. Creo de verdad, por ejemplo, que si tenemos un Estado autonómico en serio, y no una mera descentralización administrativa, que reconoce poder político a sus integrantes y permite el autogobierno de las Comunidades Autónomas, ofreciendo una cobertura política suficiente a la identidad de estas, es gracias a los nacionalismos. En muy buena medida son los recursos presentados por las Comunidades Autónomas ante el Tribunal Constitucional en defensa de sus competencias o por el Estado central frente a la actuación de la Comunidades Autónomas, en parte gobernadas por partidos nacionalistas, los que han permitido a la máxima instancia jurisdiccional la construcción doctrinal del Estado autonómico, como forma política con títulos perfectamente parangonables a los del Estado federal. De otra parte, las Comunidades Autónomas nacionalistas durante los más de veinticinco años de sistema autonómico han espoleado a buen ritmo al caballo de la emulación, que ha generalizado la autonomía como modo de descentralización profunda, sin exclusiones, logrando que al final el autogobierno territorial se identifique no sólo con la referencia identitaria sino, como quería Ortega, con la democracia y la innovación política.
El reconocimiento de estos méritos del nacionalismo me hace entonces especialmente difícil comprender algunas posiciones nacionalistas, que denotan una tosquedad ideológica y una falta de sensibilidad constitucional realmente llamativas, y que son perceptibles en las manifestaciones de algún líder nacionalista catalán, por lo demás de prudencia y sensatez reconocidas. Estas declaraciones ejemplifican la propensión del nacionalismo a identificarse con el interés general de la comunidad que representa, ignorando la propia pluralidad de la nación en cuestión y el derecho de las demás fuerzas políticas a ofrecer su versión de lo que la lealtad territorial demanda. De manera que los partidos nacionalistas ofrecen una versión particular de lo que la comunidad exige, en legítimo concurso con la posición de otras fuerzas, precisamente, las no nacionalistas. Los nacionalistas no son entonces la melior pars , ni siquiera, a ver qué dicen los electores vascos pronto, quizá la parte mayor de la comunidad.
Tampoco se entiende la actitud nacionalista ante el posible fallo del Tribunal Constitucional. El problema catalán, como el problema vasco, antes, no son, mal que les pese en su innegable egotismo a las fuerzas políticas de que vengo hablando, nuestro problema nacional. Tendríamos, por el contrario, un serio problema constitucional si el Tribunal renunciase al pronunciamiento sobre la adecuación del Estatuto al orden jurídico total, o no dispusiese de plena libertad para realizar ese control. Ocurre simplemente que para eso está el Tribunal Constitucional, para asegurar la constitucionalidad de todo el ordenamiento jurídico, que integra, en posición bien alta, pero claramente subordinada a la Constitución, al Estatuto catalán. Frente a lo que piensan algunos la cuestión a explicar, entonces, no es el pronunciamiento, sin límites y con toda libertad, del Tribunal sino el que se piense que éste pueda renunciar a cumplir con su función constitucional.
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Catedrático
Juan José Solozabal es catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid.
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