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TRIBUNALES

Archivan la queja contra el juez Peinado por decir que los escoltas de Begoña Gómez podrían ayudarla a huir del país

Archivan la queja contra el juez Peinado por decir que los escoltas de Begoña Gómez podrían ayudarla a huir del país
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(Foto: EFE)
jueves 03 de septiembre de 2026, 15:24h
Actualizado el: 09/03/2026 15:38h

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado cerrar una de las quejas contra el juez Juan Carlos Peinado por justificar la retirada del pasaporte de la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, por la posibilidad de que sus escoltas pudieran ayudarla a huír del país.

La queja se inició a raíz de un escrito presentado por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) ante el Consejo General del Poder Judicial. El sindicato consideraba que algunas referencias realizadas en la resolución judicial podían "proyectar una sospecha generalizada sobre los funcionarios de la Policía Nacional encargados de las autoridades".

La resolución del tribunal madrileño sostiene que no concurren los requisitos necesarios para apreciar "infracciones disciplinarias" por parte de Peinado y que los términos que utilizó solamente aludían a una "conducta hipotética y difusa, cuya imprecisión impide considerar sancionable disciplinariamente".

La resolución destaca además la necesidad de interpretar de forma estricta las normas disciplinarias. Para que una expresión incorporada a una resolución judicial pueda traspasar el ámbito de lo inadecuado y entrar en el ámbito sancionador, debe referirse a una conducta suficientemente concreta, precisa y grave. Esta exigencia adquiere una especial relevancia cuando se trata de valorar la actuación de jueces y magistrados en el ejercicio de su potestad jurisdiccional.

A juicio de la Presidencia del TSJM, aunque la referencia contenida en el auto podía resultar poco afortunada, no alcanza el grado de concreción y gravedad exigible para activar la potestad disciplinaria. La resolución recuerda que el ámbito sancionador no puede extenderse a cualquier expresión inadecuada o desafortunada, pues ello afectaría al principio de previsibilidad de las conductas sancionables.

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