crítica
Razones y racionalidad de la justicia
sábado 05 de junio de 2010, 01:12h
Amartya Sen: La idea de la justicia. Traducción de Hernando Valencia Villa. Taurus. Madrid, 2010. 470 páginas. 22 €
El problema viene de la misma estructura de la sociedad actual. Tan grande es el poder del Estado moderno que se ha convertido en responsable del estado de las cosas. No es que quiera o no quiera intervenir en la vida de los hombres. Tiene que hacerlo. Una completa inhibición sería tan culpable como un intervencionismo absoluto. Un primer problema será el grado de esta intervención que tiene que realizarse, de forma que no ahogue la misma sociedad. En unas democracias avanzadas el peso impositivo llegará al 50% del PIB, mientras que en otras se reducirá un 35%. Correlativamente, la tarea del Estado será no sólo garantizar un orden, sino conseguir que este sea equitativo sin implicar una merma de los derechos del individuo. En todas, pues, hay que conjugar la justicia con el respeto a la libertad, la moral con un ideal de emancipación del individuo. Esta conjunción no sólo rige dentro de los países desarrollados al buscarse la creación de una gran clase media, como ha ocurrido en Europa después del año 1945, sino también se manifiesta en la lógica preocupación de los países ricos con respecto a los pobres en un mundo globalizado. Amartya Sen, de origen indio educado en Harvard, constituye una figura central por aunar su formación occidental y el conocimiento de las realidades del tercer mundo.
Por lo general esta tarea implica una relación difícil con el gran instrumento del hombre que es la razón. Sin ésta no habría historia, ni la legislación que vertebra nuestra convivencia. La humanidad se ha abierto camino dándose a sí misma un orden que es racional. Pero al mismo tiempo la aplicación del poder a situaciones concretas es siempre compleja. Hace falta elaborar y establecer procedimientos que tengan en cuenta toda la complejidad del contexto social dentro del cual se está operando.
Lo que caracteriza la visión de Sen es su voluntad de realismo. La justicia puede llegar a ser un ideal realizable en cualquier situación social, pero la condición para que cumpla dicha función es atenerse a lo que las cosas son. Por un lado, tercia en la discusión intelectual generada por la obra central de Rawls, La teoría de la justicia. Este libro con su secuela El liberalismo político han dominado el debate político en el mundo anglosajón a lo largo de los últimos 40 años. Significó una vuelta al contrato social y por tanto a un uso de la razón por la cual establecer a priori la estructura de la sociedad. Habría un dialogo fundacional en el que los participantes reconocerían la validez de los dos principios que deben orientar al legislador: el del respeto de unos derechos básicos y el de la necesidad de buscar dentro de la igualdad de oportunidades un orden que compense las desigualdades.
Las objeciones de Sen a este planteamiento son de dos órdenes. Por un lado, niega la posibilidad de que se pueda establecer de antemano la configuración ideal de una sociedad. En la distribución de bienes las distintas posiciones en la práctica son inconciliables. Un ejemplo que pone el propio Sen: si se tiene que adjudicar una flauta a una de tres personas, el artífice, el que sabe tocarla y el de situación más desfavorecida, no se da una solución, en principio, entre reivindicaciones que son irreductibles. Hay que estar en lo específico de cada caso. La justicia buscada, será siempre el resultado de encontrar un equilibrio que difiere en cada caso. Sobre todo, la justicia no se puede caracterizar tanto como una realidad que obedece a una fórmula concreta que se puede descubrir en cada situación, sino más bien se caracteriza como un elemento de un posible juego del lenguaje. Puede o no resultar relevante a la forma en que éste se desarrolla. No tendría pues un contenido fijo, sino que permitiría un equilibrio entre distintos intereses. Podemos hablar de buenas razones pero no mantener que se da una racionalidad que se impone de una forma incontrovertible y a priori.
Con todo, la aportación de Sen, premio Nobel de Economía en 1998, ha sido muy importante en la aplicación del principio de la justicia a situaciones concretas. Acierta a reconocer que su realización se ha convertido cada vez más en una cuestión sofisticada. Tanto la valoración de la situación de hecho de las distintas sociedades como la determinación de las medidas que se pueden utilizar requieren datos y formación. No bastan buena voluntad ni medios. El saberlos utilizar de manera adecuada se ha convertido al final en una ciencia, o incluso en un arte que se apoyaría en la ciencia y en el compromiso moral. Y esto es lo que representa la obra de Sen, no sólo en esta Idea de la justicia sino en una trayectoria que se extiende a lo largo de 50 años. Un punto prominente es la defensa del binomio capacidades y realizaciones como herramienta metodológica para analizar la situación de los individuos en una sociedad. Ello implica una visión mucho más matizada y compleja de la situación real que aquélla otra que se ajusta a variables que se toman independientemente unas de otras. Por ejemplo, antes que preguntarse, sin más, por la renta per capita de una comunidad, tiene mayor sentido hacerse cargo de las posibilidades reales, de los factores que inciden en la realización de dichas capacidades y su realización.
Reducir la justicia a un elemento de un juego del lenguaje no es rebajar su importancia. En ésta como en otras cuestiones el pensamiento occidental tiende a alejarse de cualquier deriva platónica que pasa por dar a un concepto una consistencia ideal. Por el contrario, se trata de aceptar que el equilibrio de la justicia se tiene que encontrar en la consideración de los elementos del problema. El darle un cariz nominalista no significa para nada negar su importancia para la política.
La edición inglesa de esta obra apareció el pasado año. Hay que congratularse de que el lector español tenga en sus manos una versión traducida tan pronto. Además, es un acierto haber incluido los índices que tanto lo ayudan y que normalmente se encuentran ausentes en las obras académicas publicadas en castellano. Pero, lamentablemente debemos añadir que la traducción es, a mi juicio, poco lograda y es aconsejable, por tanto, utilizar la versión original.
Por Jaime de Salas